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Alistan sanciones más severas contra el secuestro exprés

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MÉXICO, DF.- La Cámara de Diputados votará en los próximos días el dictamen por el que se adiciona el Artículo 366 del Código Penal Federal, con el fin de establecer el tipo penal del secuestro exprés, ya que actualmente ese delito no existe en la legislación y eso dificulta la aplicación de una sanción específica.

En el dictamen a la minuta con proyecto de decreto enviado por el Senado de la República y analizado por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, se señala que México ocupa el segundo lugar mundial en secuestro exprés.

Indica además que a diario se cometen cada vez más actos de privación de la libertad de corta duración, los cuales se combinan con robo y extorsión, lo que dificulta a los jueces imponer una sanción por no reunir los elementos constitutivos típicos de un delito previsto expresamente por la ley penal.

Añade que pese a que no se denuncian todos los casos, su magnitud alcanza modalidades insospechadas que, junto con el narcotráfico, lo hacen una actividad delictiva muy "productiva".

En el dictamen se reconoce el sentimiento de desamparo e impotencia de la población ante la violencia y el secuestro, como se demostró en la marcha del 27 de junio pasado contra la inseguridad.

Debido a ello, se considera pertinente adicionar el inciso "d" a la fracción I del Artículo 366, en el que quedarían incorporados los elementos que configuran la conducta típica del secuestro exprés, con la característica de un delito autónomo.

La reforma plantea que si una persona priva a otra de su libertad con el propósito de cometer secuestro exprés, se hará acreedor a una pena de 15 a 40 años de prisión y de 500 a dos mil días de multa.

Agrega que desde el momento mismo de la ejecución del delito, entendiéndose por éste el que, para ejecutar los delitos de robo o extorsión, prive de la libertad a otro.

Lo anterior, con independencia de las demás sanciones que conforme al Código Penal Federal le correspondan por otros delitos que de su conducta resulten.

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