Gómez Palacio

ASESORÍA | Deben los gobiernos impulsar programas contra las adicciones

RAFAEL IBARRA CAMACHO

EL SIGLO DE TORREÓN

GÓMEZ PALACIO, DGO.- Los municipios y el Gobierno del Estado están obligados a impulsar la participación de la sociedad para poner en marcha programas encaminados a la prevención de la drogadicción entre los niños y adolescentes.

De acuerdo a lo que establece el Artículo 47 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, los Niños y Adolescentes en el Estado de Durango, las autoridades deben garantizar políticas y programas contra el uso ilícito de sustancias alcohólicas, estupefacientes y psicotrópicos.

Esta misma legislación también contempla que las diferentes dependencias deben trabajar en programas que permitan brindarle atención especial a los menores que caen en el consumo de las drogas, para garantizar la recuperación integral de las niñas, los niños y adolescentes que son dependientes y consumidores de alguna sustancia prohibida.

En el Artículo 48 de esta Ley se prevé que los niños y adolescentes adictos a alguna droga tendrán derecho a recibir tratamiento médico tendiente a su rehabilitación, tomándose las medidas necesarias para apoyar su salud física y psicológica.

En este caso la Secretaría de Salud será la responsable de reforzar y crear los programas integrales que deberán estar enfocados a la problemática que genera la dependencia de los distintos tipos de drogas y deberá brindar atención física y emocional a los menores.

Esta misma dependencia establecerá campañas preventivas tendientes a crear en las familias y la sociedad, la sensibilización y concientización sobre los efectos nocivos del uso de fármacos o sustancias que produzcan adicción.

De acuerdo a lo que señala el Artículo 50 de esta Ley, el DIF estatal y los municipales tendrán la obligación de establecer un programa específico y prioritario que contemple las medidas de defensa jurídica, de provisión, prevención, protección y asistencia para brindar atención a las niñas, los niños y adolescentes en situación de calle.

Las acciones.

A continuación se transcribe el contenido del Artículo 51 de esta Ley, que está encaminado a la protección que se debe brindar a los menores que trabajan en la calle, para evitar que caigan en el consumo de las drogas:

Artículo 51.- Los Sistemas Estatales y Municipales para el Desarrollo Integral de la Familia en coordinación con organismos e instituciones privadas impulsarán e implementarán medidas tendientes a prevenir y evitar que los menores realicen actividades marginales o de sobrevivencia llevando a cabo las acciones que se requieran para protegerlos y evitar su explotación.

FUENTE: Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, los Niños y Adolescentes en el Estado de Durango.

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