Hay que la autoridad confunde a una persona con un deudor señalado en un jucio ejecutivo mercantil
EL SIGLO DE TORREÓN
GÓMEZ PALACIO, DGO.- La Ley otorga a los ciudadanos varias opciones para que se protejan de un embargo, cuando una autoridad pretenda ejecutar esta acción equivocadamente en su contra, confundiéndolo con el deudor señalado en un juicio ejecutivo mercantil.
El presidente del Colegio Regional de Abogados de La Laguna del Estado de Durango, Alberto Montes Rodríguez, dijo que es muy común que una autoridad pretenda ejecutar algún embargo en contra de la persona equivocada.
Montes Rodríguez puso como ejemplo a una familia que recién acaba de ocupar una vivienda y a los pocos días le llega un requerimiento de pago, donde se le solicita que acuda a liquidar un adeudo o de lo contrario se le amenaza con embargarle parte de sus bienes, y resulta que el deudor es la persona o familia que ocupaba anteriormente la vivienda.
En este caso, lo primero que debe hacer la familia es corroborar si se trata de un requerimiento extra judicial o una notificación del un Juicio Ejecutivo Mercantil, si es un procedimiento extra judicial se debe acudir al despacho del abogado que exige el pago para aclararle que el deudor ya no vive en el domicilio.
Si es el segundo supuesto, la familia debe aclararle la misma situación al actuario que está realizando la notificación, pues este funcionario debe cerciorarse que el deudor vive en el domicilio donde se entrega la notificación.
En algunos casos para protegerse de la acción de embargo, es necesario que la familia promueva ante el Juzgado Civil una tercería argumentando que es un tercero extraño a juicio y de esta forma ampara la propiedad de sus bienes, Montes Rodríguez recomendó que para evitar gastos se acuda ante el defensor de oficio para solicitar su asesoría.
El presidente del Colegio de Abogados dijo que en ningún caso la familia debe hacer caso omiso a una notificación, pues aunque no haya contraído la deuda reclamada, señaló que en algunos casos los actuarios cometen arbitrariedades cuando se llega el momento de ejecutar un embargo.