EL SIGLO DE TORREÓN
GÓMEZ PALACIO, DGO.- Contratar un seguro de automóvil es la mejor forma de protegerse contra el daño de un accidente automovilístico. Al firmar el contrato debe quedar asentado claramente el tipo de cobertura que convinieron el dueño del vehículo y la aseguradora, entre las coberturas más comunes se encuentran la limitada, cobertura amplia y cobertura limitada catastrófica.
Entre las ventajas que ofrece un seguro automovilístico es que lo protege contra daños y la pérdida total o parcial de su vehículo en un accidente o robo. En la póliza se pactan todas las obligaciones y responsabilidades tanto de la empresa aseguradora como del asegurado.
Al firmar el contrato el asegurado se obliga a pagar una cantidad de dinero por el seguro, mientras que la aseguradora queda obligada a pagar el monto de la suma asegurada o indemnización en caso de que el vehículo asegurado sufra un siniestro.
En el contrato debe establecerse el valor del automóvil, éste puede establecerse de dos maneras: mediante el valor convenido (monto estipulado de común acuerdo entre el asegurado y la aseguradora) o mediante el valor comercial, es decir, el precio de venta del vehículo vigente en el momento de ocurrir el siniestro. Este precio se verifica de acuerdo con publicaciones especializadas de la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automóviles.
La cobertura limitada ampara el robo total de la unidad, si esto sucede el asegurado recibe la indemnización total y si el vehículo es recuperado el seguro cubre los gastos derivados de las reparaciones necesarias, la responsabilidad civil por daños a terceros también entra dentro de esta cobertura, en esta se amparan los daños ocasionados por el conductor a personas afectadas, ajenas al siniestro, protegiendo bienes, lesiones corporales o muerte.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recomienda que en la cobertura limitada debe incluirse también un seguro de gastos médicos a ocupantes, para garantizar el pago de los gastos de atención médica, hospitalización, medicamentos, enfermeras y servicio de ambulancia originados por lesiones corporales que sufra el asegurado y demás ocupantes del automóvil. En su caso, se cubren gastos funerarios.
La cobertura amplia, además de cubrir los tres riesgos ya mencionados en la limitada, ampara daños materiales al vehículo asegurado causados por colisiones, vuelco, rotura de cristales, incendio, rayo, explosión, ciclón, huracán, granizo y terremoto, marchas, entre otros siniestros.
Algunas aseguradoras ofrecen la cobertura limitada catastrófica, que contempla todos los beneficios de la cobertura limitada pero además cubre la pérdida total del vehículo, siempre y cuando sea por accidente. El personal de la Profeco señala que la pérdida total generalmente se asume cuando los daños van del 50% al 75% del valor comercial o suma asegurada, según la compañía.
A continuación se mencionan algunas recomendaciones que se deben tomar en cuenta para actuar cuando se ve involucrado en un percance:
·Llamar a la aseguradora a los teléfonos indicados en la póliza.
·Debe tener a la mano el número de póliza, porque se lo solicitarán en caso de siniestro.
·No obstruya la vialidad, el peritaje puede realizarse aunque los autos no se encuentren en la misma posición que cuando ocurrió el accidente.
·No se retire del lugar del accidente a menos que así se lo indique la autoridad o esté en peligro su vida.
·Deje que el representante de la aseguradora se haga cargo del siniestro.
·No haga ningún trato personal, ni firme actas de convenio o acepte por su cuenta responsabilidades ante terceros.
FUENTE: Procuraduría Federal del Consumidor