EL SIGLO DE TORREÓN
Las familias tienen derecho a recibir apoyo de las instituciones públicas para la atención de los ancianos
TORREÓN, COAH.- Desde junio de 2003 el estado de Durango tiene una Ley que protege los derechos de los adultos mayores, en la que se establece claramente el derecho a la salud, educación, al trabajo y otros beneficios para estas personas.
En el Capítulo II de esta Ley se enumeran las ocho fracciones donde uno a uno se van explicando los derechos que tienen las personas de la tercera edad, en la fracción I se habla del derecho a la integridad, dignidad y preferencia, remarcando que deben tener una vida con calidad, protegidos contra toda forma de explotación, para que puedan vivir en entornos seguros, dignos y decorosos, que satisfagan sus necesidades y requerimientos y en donde ejerzan libremente sus derechos.
En la fracción II se menciona que deben recibir un trato apropiado en cualquier procedimiento judicial que los involucre, también pueden recibir el apoyo de las instituciones federales, estatales y municipales para recibir asesoría jurídica en forma gratuita en los procedimientos administrativos o judiciales en que sea parte y contar con un representante legal cuando sea necesario.
Los adultos mayores tienen derecho a mantener relaciones laborales y personales con la comunidad, a vivir en el seno de una familia, o a mantener relaciones personales y contacto directo con ella, aún en el caso de estar separados, salvo si ello es contrario a sus intereses; y a expresar sus opiniones libremente.
También se menciona que las familias tendrán derecho a recibir el apoyo subsidiario de las instituciones públicas para el cuidado y atención de las personas adultas mayores. El Gobierno del Estado y los ayuntamientos, a través de los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia, deberán tomar las medidas de prevención o provisión para que la familia participe en la atención de las personas adultas mayores.
De igual forma en la fracción IV se establece que deben tener acceso a los satisfactores necesarios considerando alimentos, bienes, servicios y condiciones humanas o materiales para su atención integral, deben tener acceso preferente a los servicios generales de salud y recibir orientación y capacitación en materia de salud, nutrición, higiene y servicios de tanatología, en su caso, así como a todo aquello que favorezca su cuidado personal.
En las últimas cuatro fracciones se habla del derecho a la asistencia social, a la libertad de participa-ción y expresión, a la educación y al trabajo, en estos dos últimos con la finalidad de puedan estar capacitados para desarrollar alguna actividad de acuerdo a su condición de salud, capacidades, habilidades y aptitudes.
Sus derechos
A continuación se mencionan los derechos que tienen las personas de la tercera edad:
1.- Derecho a la Integridad, Dignidad y Preferencia.
2.- Derecho a la Certeza Jurídica.
3.- Derechos en la Comunidad y la Familia.
4.- Derechos a la Salud y a la Alimentación.
5.- Derecho a la Educación.
6.- Derecho al Trabajo.
7.- Derecho a la Asistencia Social.
8.- Derecho a la Libertad de Participación y Expresión.
FUENTE: Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores del Estado de Durango