Gómez Palacio

ASESORÍA | Ya pueden los gomezpalatinos pedir información a Municipio

RAFAEL IBARRA CAMACHO

EL SIGLO DE TORREÓN

GÓMEZ PALACIO, DGO.- Los gomezpalatinos pueden solicitar por escrito la información que deseen conocer de la administración municipal, aprovechando que desde el pasado primero de abril empezó a funcionar la Unidad Municipal de Acceso a la Información.

Juan Manuel González Alonso, titular de esta dependencia, afirmó que está a disposición de la ciudadanía para recibir las solicitudes de información, y aseguró que en un plazo máximo de 20 días hábiles debe dar una respuesta al solicitante.

González Alonso se desempeñó como presidente del Consejo Municipal Electoral en las pasadas elecciones que se celebraron en julio de 2004, y ahora será el responsable de facilitar la información de la Administración a cualquier ciudadano que la solicite.

De acuerdo a lo que establece el artículo quinto del Reglamento de Acceso a la Información, la información pública generada, administrada y en posesión de los sujetos obligados (autoridades y dependencias), será accesible de manera permanente a cualquier persona, sin más limitaciones que las establecidas en la Ley y el Reglamento, privilegiando el principio de máxima publicidad de la información.

Este mismo apartado indica que los sujetos obligados deben poner en práctica políticas y programas de acceso a la información que se apeguen a criterios de publicidad, veracidad, oportunidad, precisión y suficiencia en beneficio de los solicitantes.

González Alonso dijo que la Unidad Municipal de Acceso a la Información estará operando provisionalmente en el espacio que tenía la caja número siete de la Tesorería Municipal, en tanto se le acondiciona un espacio físico.

El funcionario explicó que al recibir la solicitud de algún ciudadano, se pone en contacto de inmediato con la dependencia que corresponda para investigar si la información está clasificada como pública, reservada o sensible, y en base a esto se ofrece una respuesta al solicitante.

En el artículo siete del Reglamento Municipal se establece que el acceso a la información pública será permanente y gratuito. Se señala que la expedición de documentos, grabaciones y reproducciones se sujetará al costo de acceso y al de los materiales utilizados o, en su caso, al pago de las contribuciones, productos y aprovechamientos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables.

El entrevistado aseguró que en la Unidad Municipal de Acceso a la Información se elaboró un formato para que el solicitante pueda especificar más detalladamente qué tipo de información es la que está requiriendo.

Difusión

De la información que el Ayuntamiento deberá tener disponible en medio impreso o electrónico de manera permanente y actualizada, destaca:

- Leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, convenios y demás disposiciones de su marco jurídico.

- Directorio de servidores públicos de mandos medios y superiores, con puesto funcional, sueldo, atribuciones, así como ubicación, teléfono de oficina y fotografía.

- Los informes acerca del estado que guarda el Gobierno y la Administración Pública, rendidos al Ayuntamiento, previstos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango.

- Las actas de sesión de Cabildo.

- Los procesos de licitación y contratación para la adquisición de bienes, arrendamientos y prestación de servicios que haya celebrado.

- Los expedientes concluidos relativos a la expedición de autorizaciones, permisos, licencias, certificaciones y concesiones.

- Los resultados que hayan arrojado las auditorías, una vez concluidas.

- Plan de Desarrollo Municipal.

- Presupuesto asignado y los informes sobre su ejercicio de gasto mensual, desglosado según catálogo aprobado de programas y acciones de gobierno.

- Los programas anuales de obras y, en su caso, la información relativa a los procesos de licitación y contratación del área de su responsabilidad, señalando obras y comunidades beneficiadas.

FUENTE: Reglamento de Acceso a la Información Pública

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