REFORMAS| SE PERSEGUIRÁ DE OFICIO CUANDO SE COMETA EL DELITO DE RAPTO.
El Código Penal del estado no definía las figuras de pornografía y lenocidio con menores o discapacitados.
El Siglo de Torreón
SALTILLO, Coah.- El Congreso del Estado incrementó las penas para quien incurra en pornografía y lenocinio en contra de menores de edad y discapacitados, estableciendo la figura penal de hostigamiento sexual.
Los legisladores decidieron además establecer la figura de persecución de oficio cuando se cometa el delito de rapto.
A juicio de los diputados de las comisiones de Gobernación y Defensa de los Derechos Humanos, el proyecto de reformas inició debido a que el Código Penal de Coahuila no definía las figuras de pornografía infantil o de incapaces y lenocinio con menores o discapacitados.
Además, en el mismo Código, tanto en el delito de corrupción de menores como en el de lenocinio, no se protegía específicamente el derecho de los menores de edad a un adecuado proceso de desarrollo sexual, de tal forma que sólo se castigaba el daño causado al menor, mas no la acción de utilizarse con estos fines, explicó la diputada, Hilda Flores Escalera.
?Era indispensable aumentar las penas de quienes incurren en delitos que lesionan física y emocionalmente a menores y a los incapaces?, indicó.
Recordó que de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), en México existen aproximadamente 40 millones de niños y adolescentes, de los cuales más de 16 mil son explotados sexualmente, según el estudio Infancia Robada, que realizó la investigadora Elena Azola.
?En muchos casos están involucradas niñas y niños que huyen de sus hogares debido a la violencia o abusos de todo tipo de que son objeto y que encuentran en la prostitución o la pornografía la única posibilidad de sobrevivir. Las bandas criminales que a esto se dedican también recurren al rapto de menores, valiéndose además de los golpes para doblegarlos y forzarlos a consumir drogas para aumentar su rendimiento, haciéndolos adictos y por tanto dependientes de su explotador?, señalan los legisladores de las citadas comisiones, en la exposición de motivos del caso.
Hostigamiento
El Congreso del Estado aprobó por unanimidad incluir en el Código Penal el delito de Hostigamiento o Acoso Sexual, el cual ?no sólo se presenta en lugares predominantemente pobres; puede presentarse, en detrimento de las silenciosas víctimas, en cualquier estadio social y en cualquiera de los roles desempeñados por las mujeres inmersas dentro de la vida laboral, productiva, educativa o social del estado?.
Hilda Flores reconoció, sin embargo, que este tipo de prácticas pocas veces se denuncia y mencionó que la vigencia del delito no sólo es para cuando las víctimas son mujeres, pues mencionó la existencia de casos donde el acoso es en perjuicio de varones.
De acuerdo con el dictamen aprobado por los legisladores, el acoso sexual en Coahuila se penalizará con prisión de uno a tres años y la sanción incrementará en un tercio si el hostigador es servidor público.