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Autorizan disminuir multa a AMLO por paraje San Juan

Los ministros de la Corte concluyeron que el jefe de Gobierno tenía razón al impugnar la sentencia del juez, porque éste fijó de manera errónea el valor del terreno.

MÉXICO, D.F., (SUN-AEE).- El jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, logró que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenara reducir el monto a pagar por la expropiación del predio conocido como Paraje San Juan y que el máximo tribunal no se pronunciara sobre

quien es el dueño de este terreno.

Esta última decisión dejó abierta la posibilidad de que la Procuraduría General de la República (PGR) por medio de otras vías, como podría ser un juicio civil, demande a Enrique Arcipreste del Abrego para demostrar que él no es el propietario del Paraje San Juan, en virtud de que es un terreno de la Nación.

De manera unánime, a propuesta del ministro Juan Silva Meza, el pleno de la SCJN resolvió modificar la sentencia que emitió un juez para obligar al jefe de Gobierno del Distrito Federal a pagarle mil 810 millones de pesos a Arcipreste del Abrego como indemnización por la expropiación del Paraje San Juan.

Los ministros de la Corte concluyeron que el jefe de Gobierno tenía razón al impugnar la sentencia del juez, porque éste fijó de manera errónea el valor del terreno.

Al resolver la queja que promovió López Obrador en contra de la sentencia del juez, el pleno de la SCJN acordó establecer una serie de lineamientos que deberá seguir el juez para realizar un nuevo avalúo y determinar el valor que tenía el Paraje San Juan al momento de su expropiación, de acuerdo al valor catastral del terreno y no al valor comercial que había fijado el juez.

De momento, el beneficiario de la indemnización siguen siendo Arcipreste del Abrego. Sin embargo, el pleno de la SCJN aclaró que al resolver este juicio de amparo no avaló a ninguna persona ni algún otro organismo gubernamental como dueña del predio.

El presidente de la SCJN, Mariano Azuela Güitrón, fue muy claro en enfatizar que el juicio de amparo no es para definir quien es el dueño de un predio.

En este caso, se explicó que Arcipreste del Abrego fue considerado como beneficiario del amparo porque al inicio del juicio, el cual empezó desde que era regente Manuel Camacho Solís, las autoridades del entonces Departamento del Distrito Federal lo reconocieron como dueño.

No obstante, los ministros aclararon que el ganar un juicio de amparo no significa que el Poder Judicial reconozca a quien lo ganó como propietario del terreno.

De tal suerte que la Corte dejo abierta la posibilidad de que demande ante un juez civil del Distrito Federal a Arcipreste del Abrego para demostrar que no es el dueño del Paraje San Juan.

Del mismo modo, todas las personas que se digan dueñas del predio podrán recurrir a las vías jurídicas que consideren pertinentes para que en otros juicios se determine si es que hay o no un dueño del Paraje San Juan.

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