Se buscará que se tipifique el delito de secuestro exprés en el Código Penal del Estado, según la iniciativa presentada por el diputado Rodolfo Guerrero García, quien expuso que México se encuentra en el segundo lugar a nivel mundial por este delito.
El legislador del Partido Revolucionario Institucional manifestó en la exposición de motivos que en la actualidad la magnitud del secuestro está teniendo alcances y modalidades insospechadas, y junto al narcotráfico, se considera como una de las actividades delincuenciales productivas.
Guerrero García propone que se modifique el artículo 363 del Código Penal, en el cual se indica que es equiparable al secuestro, y se castiga como tal, la retención transitoria o prolongada de una persona, para obligarla a retirar fondos monetarios en cajeros automáticos y ventanillas de instituciones de crédito; o utilizando la violencia física o moral, forzarla para la adquisición de bienes y servicios en establecimientos comerciales mediante el uso de tarjetas electrónicas o cheques bancarios.
?El robo y la extorsión reúnen características específicas sin que se consideren dentro de sus elementos la privación ilegal de la libertad; por lo tal, es necesario para el sistema jurídico cubrir una laguna legal, incorporando elementos para quien prive de la libertad a otro para cometer los delitos de robo o extorsión?, destacó Guerrero García.
El vocal de la Comisión Permanente agregó que aun cuando no se conoce con certeza hasta dónde se haya incrementado el secuestro exprés, quizá por la falta de denuncias, consideró que es el momento de dejar plenamente establecida su tipificación en el ordenamiento jurídico del Estado.
El legislador precisó que el sistema judicial del Estado está preparado para poder enfrentar este tipo de situaciones, por lo que sólo se les tienen que brindar los elementos jurídicos para que las autoridades desarrollen su trabajo y puedan actuar en consecuencia.
La iniciativa fue presentada en la Comisión Permanente, órgano que le dio trámite para que fuera revisada en el próximo periodo ordinario, que empezará en septiembre de este año.
Propuesta
El diputado Rodolfo Guerrero García propone la siguiente modificación:
Artículo 363 Bis.- Es equiparable al secuestro y se castiga como tal la retención transitoria o prolongada de una persona, para obligarla a retirar fondos monetarios en cajeros automáticos y ventanillas de instituciones de crédito; o utilizando violencia física o moral, forzarla para que adquiera bienes o servicios en establecimientos comerciales mediante el uso de tarjetas electrónicas o cheques bancarios.
FUENTE: Propuesta del diputado Rodolfo Guerrero García.