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MÉXICO, DF.- Una persona que es condenada a pagar una pensión alimenticia tiene que destinar la parte proporcional que corresponde de su sueldo base, pero también de todas las prestaciones ordinarias y extraordinarias que cobra por su trabajo, de acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Dicha medida permitirá que las personas que son sentenciadas a pagar pensión alimenticia tengan que destinar una parte de su aguinaldo, bonos, gratificaciones e incluso de las horas extra que trabajan.
Los viáticos y gastos de representación son lo único que no podrá ser tomado en cuenta a la hora de calcular la pensión alimenticia.
Se tiene la idea de que los padres de familia, varones, son los únicos que pueden ser condenados al pago de una pensión alimenticia, pero no es así, las mujeres también pueden estar en una situación similar.
O, incluso, se pueden presentar casos en los que las pensiones alimenticias las exigen, y se les llegan a pagar, a familiares de hasta un cuarto grado de parentesco.