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COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE LA LAGUNA

Alberto Castello D.

El dinamismo de la vida nacional, inmersa en un mundo globalizado, frecuentemente genera noticias que tienen implicaciones en el mundo de los negocios, incidiendo además en los temas de índole fiscal. Por ejemplo, a finales del pasado mes de septiembre, en el seno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se acumularon las cinco sentencias que reglamentariamente constituyen jurisprudencia, al efecto de declarar inconstitucional el artículo 16 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a partir de lo cual se determinó que la base del cálculo de la PTU debe ser la “Utilidad Fiscal” determinada conforme al artículo diez de la misma Ley, y no el “Resultado Fiscal”.

La intensa actividad política que vive el país, también incide determinantemente en la política fiscal. Así las cosas, en este momento el Congreso tiene la tarea de analizar diversas propuestas de reformas fiscales, que se pretende entren en vigor el primer día de 2006, ya que como es por todos conocidos la iniciativa del Ejecutivo presentada por éste ante el Poder Legislativo el cinco de septiembre pasado, ya no es la única propuesta de innovaciones al marco tributario nacional que analiza este cuerpo colegiado, los grupos parlamentarios de los diferentes partidos políticos con representación en la Cámara de Diputados han hecho diversas propuestas, haciendo valer aquella frase que el propio Presidente Fox inscribiera en la historia de nuestro país, al tomar posesión: “el presidente propone y el Congreso dispone”.

Bajo el mismo contexto, la Cámara de Diputados aprobó el pasado lunes 12 de septiembre una iniciativa que permite la devolución del IVA a los extranjeros que tengan la condición de turistas que retornen al extranjero por vía aérea por las mercancías adquiridas en nuestro país condicionando la devolución al cumplimiento de algunos requisitos.

Existen otros tres dictámenes de proyectos legislativos en el ámbito fiscal:

Proyecto de decreto que reforma el artículo 62 de la Ley Aduanera.

Proyecto de decreto por el que se adiciona el Capítulo VII-A al Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta (sociedades cooperativas).

Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Ésta última, es la relativa a la “desgravación de las prestaciones”, en tal dictamen se revierten los cambios aprobados en materia del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los trabajadores de la “Ley Miscelánea 2005”, así pues el Congreso, desestimando opiniones como la del C.P.C. Pablo Mendoza García, presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, quien declaró para El Financiero. El ocho de agosto pasado su opinión, dejando en claro que no vale la pena desechar esa Ley, por su atinada eficacia en le tema de simplificación, pero que si requiere de algunos ajustes tendientes a eliminar los factores que la postulan como una Ley inequitativa y por tanto injusta.

Aprovecho este espacio para informarles que el 11 de octubre de 2005, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el esperado Decreto Presidencial que, por 2005, exenta del Impuesto al Activo únicamente a las personas físicas cuyos ingresos totales en 2004 no hubieran excedido de 4’000,000.00.

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