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Consigan a joven por homicidio calificado

LUIS ALBERTO MORALES CORTÉS

EL SIGLO DE TORREÓN

GÓMEZ PALACIO, DGO.- Jorge Armando Soria Chávez de 19 años, sostiene que actuó en defensa propia. El joven se entregó a las autoridades y figura como el presunto responsable de cobrar la vida de un vicioso. El agente del Ministerio Público consignó el caso por homicidio calificado.

En base a la declaración de algunos testigos del crimen donde perdió la vida Jorge Joel de Santiago Alanís de 32 años, el representante social, Aurelio Urbina Suárez, acabó de integrar la averiguación previa y logró la consignación al juez penal en turno.

Las testimoniales coinciden en que los hechos ocurrieron muy rápido, que vieron cuando Jorge Armando jaloneó a Jorge Joel y éste se retiró del lugar molesto, en su bicicleta, a la vez que aseguró que volvería.

Los mismos testigos dicen que Joel regresó y ambos forcejaron, de pronto Joel ya estaba en el piso, dos veces trató de levantarse, algunos pensaron que estaba tomado, pero fue hasta que una señora se acercó a voltear el cuerpo, cuando lo vieron desangrado. Pero nadie vio quién tenía el cuchillo.

En su declaración el inculpado sostiene que sólo defendió su vida. Que Joel iba armado con un cuchillo y le dio un tajazo. Por instinto Jorge Armando tomó con su mano izquierda la mano derecha de su rival, después con su mano derecha se apoyó y empujó a Joel, provocando la mortal herida.

El arma homicida no ha sido localizada y Jorge Armando asegura que cuando la estiró para sacarla del cuerpo de Joel, la vio llena de sangre, se asustó y se retiró del lugar. El joven asegura que se entregó a las autoridades confiado porque sólo actuó en defensa propia.

Al menos tres hombres y una mujer, todos vecinos de la colonia Armando del Castillo, comparecieron ante la autoridad ministerial y dieron su versión de los hechos, ahora la autoridad judicial resolverá la situación legal.

Como se informó en su oportunidad el homicidio se presentó alrededor de las 21:00 horas del pasado sábado cinco de febrero, cuando Joel fue herido en el abdomen y sufrió una hemorragia interna producida por un cuchillo que presuntamente portaba y lo llevó a la muerte.

El móvil de los hechos se estableció al conocer que Rubén Soria Chávez, de 26 años, hermano del presunto, sostuvo una discusión con el finado por la posesión de un ?muñeco? que es una bolsa de plástico con resistol amarillo utilizado para drogarse.

Variables

Las penas por homicidio varían según los motivos del mismo. Son más bajas en la legítima defensa y aumentan cuando hay premeditación, alevosía y ventaja.

Artículo 329.- Al que prive de la vida a otro en riña o duelo se le impondrá de dos a diez años de prisión, y de cincuenta a quinientos días multa.

Para la aplicación de las penas dentro de los mínimos y máximos señalados, se tomará en cuenta quién fue el provocador, así como el grado de provocación.

Artículo 330.- Se impondrá de diez a quince años de prisión y de cien a quinientos días multa, al inculpado de homicidio simple intencional.

Artículo 331.- A quien cometa homicidio calificado se le impondrá de 15 a 50 años de prisión.

FUENTE: Código Penal del Estado de Durango

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