Deben los establecimientos tener a la vista del público las tarifas actualizadas, horario y la forma de pago.
EL SIGLO DE TORREÓN
GÓMEZ PALACIO, DGO.- Antes de elegir una lavandería o tintorería, se debe comparar precios entre los establecimientos más cercanos, ya que pueden diferir bastante de un lugar a otro. La comparación de precios se facilitará si se acude a negocios que cumplen con la norma NOM-067-SCFI-2002.
De acuerdo a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), esta norma estipula que los prestadores del servicio de lavanderías y tintorerías deben tener a la vista del público, por lo menos las tarifas actualizadas de los precios en moneda nacional, el horario de prestación del servicio, la forma de pago y el número de afiliación de la cámara industrial a la que pertenecen.
Antes de decidir dejar su vestuario, es mejor que pruebe la eficacia de lavado y planchado en diferentes establecimientos con una prenda de mediana calidad.
Uno de los puntos que no se toman en cuenta es olvidar verificar que la nota del servicio estipule las condiciones del mismo en el lado inverso. Se debe poner especial atención en el mecanismo de indemnización en caso de daño o pérdida de la prenda.
El comprobante de compra de la ropa nunca se debe tirar por lo menos hasta su primer servicio de tintorería, ya que en caso de daño o pérdida total, es la mejor referencia para fijar la indemnización.
Profeco también recomienda no desprender la etiqueta de instrucciones de cuidado y limpieza, ya que ésta será de gran utilidad tanto para el que solicita el servicio como para el dueño de la tienda de limpieza.
Antes de dejar la ropa en las tintorerías, se tiene que revisar las condiciones de las prendas conjuntamente con la persona que las recibe en el establecimiento.
En su caso, se debe procurar llevar a lavar todas las piezas de trajes o conjuntos, ya que el proceso de lavado puede afectar la tonalidad de los colores.
Cuando exista la referencia de ciertas manchas y sus posibles causas, es bueno darlo a conocer a la persona que le está recibiendo la ropa para que utilicen el desmanchador más adecuado. En el caso de prendas de piel es necesario comprobar que el establecimiento es experto en pieles y gamuzas.
Al recibir sus pertenencias, revise detenidamente el trabajo antes de salir del establecimiento y en caso de inconformidad debe reclamar.
CONTRATOS DE ADHESIÓN .
Los contratos de adhesión son documentos que contienen cláusulas elaboradas únicamente por el proveedor, en las que se establecen los términos y condiciones aplicables a la adquisición de un producto o a la prestación de un servicio, sin que el consumidor pueda oponerse a los términos y condiciones señaladas.
Por ejemplo, cuando se lleva una prenda de vestir a la tintorería, el proveedor establece las condiciones del servicio, que están escritas en el reverso de la nota que ahí entregan. Esas condiciones no se pueden modificar.
Para que el contrato de adhesión sea válido, sus cláusulas tienen que ser legibles a simple vista y estar redactadas en idioma español. La Secretaría de Economía, mediante Normas Oficiales Mexicanas (NOM?s), puede sujetar los contratos de adhesión a registro previo ante Profeco.
Sin embargo, aquellos contratos que no se encuentren regulados por estas NOM?s o que no exista la obligación de registrarlos, podrán inscribirse de forma voluntaria. En cualquier caso, la Profeco verifica que dichos contratos no contengan cláusulas abusivas o lesivas a los intereses de los consumidores.
En todas las situaciones, los proveedores deben cumplir con lo ordenado por las Normas Oficiales Mexicanas.
MEJOR EMITIR LA QUEJA.
Las tintorerías es un sector que genera gran número de reclamaciones, sobre todo en las franquicias, puntos que, por el elevado volumen de prendas que tratan son las que dejan más insatisfechos a los clientes.
Las quejas, por lo general, tienen que ver con ropa que se estropea, que se extravía o manchas que no desaparecen. En caso de desacuerdo por los resultados, el usuario siempre puede solicitar una hoja de reclamaciones o acudir a la Profeco.
Cuando un usuario acude a una tintorería debe establecer las condiciones de limpieza y posibles indemnizaciones por extravío o deterioro de la prenda que deben figurar en un resguardo. Este documento se convierte en una especie de contrato que, a la postre, será su amparo legal.
Si el dependiente estimara la imposibilidad de sacar una mancha o que el tejido pueda sufrir daños debe hacérselo saber al usuario. En muchos casos es elevado el porcentaje de tintorerías que advierten sólo de palabra de que no pueden garantizar el resultado.
Lo más razonable debería ser que la tintorería rechace el producto si considera que no está en condiciones de repararlo o si ve riesgos de deterioro en el resultado final. Pero esta práctica no es del todo habitual.
Lo que obliga.
Lista de las Normas Oficiales Mexicanas que obligan al registro ante Profeco, de los contratos de adhesión de los siguientes proveedores y prestadores de servicios:
· Tiempo Compartido - (NOM-029-SCFI-1998)
· Autofinanciamiento - (NOM -143-SCFI-2000)
· Eventos Sociales - (NOM -111-SCFI-1995)
· Tintorería, Planchaduría, Lavandería y Similares - (NOM -067-SCFI-2002)
· Paquetes de Graduación - (NOM -136-SCFI-1999)
· Servicios Funerarios - (NOM -036-SCFI-2000)
· Reparación y/o Mantenimiento de Automóviles - (NOM -068-SCFI-2000)
· Compraventa y Consignación de Vehículos Usados - (NOM -122-SCFI-1997)
· Arrendamiento de Vehículos - (NOM -124-SCFI-1997)
· Compraventa de Materiales para la Construcción - (NOM -135-SCFI-1999)
· Venta de Muebles de Línea y Sobre Medida - (NOM -117-SCFI-1995)
· Servicios de Atención Médica por Cobro Directo - (NOM -071-SCFI-2001)
· Comercialización de Animales de Compañía o de Servicio, y para la Prestación de Servicios para su Cuidado y/o Adiestramiento - (NOM -148-SCFI-2001).
FUENTE: Procuraduría Federal del Consumidor