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Darán beneficios fiscales a Repecos

Agencias

México, DF.- Hoy viernes entrará en vigor el decreto presidencial por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a quienes tributan en el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos).

El decreto publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación señala que para efectos de los impuestos Sobre la Renta (ISR) y al Valor Agregado (IVA), las entidades federativas fijarán anualmente a los pequeños contribuyentes una cuota fija integrada aplicable para todo el ejercicio.

Dicha cuota, cuyo pago se realizará en forma bimestral, podrá incluir a ambos gravámenes, así como los impuestos locales que determine la entidad. Al respecto, el documento aclara que los estados podrán establecer para el presente año ?una cuota fija integrada aplicable en la proporción que corresponda a los meses comprendidos desde la fecha de la entrada en vigor de este Decreto hasta el 31 de diciembre de 2005?.

Los pequeños contribuyentes que paguen el ISR y el IVA mediante dicha cuota fija integrada durante 2005 y 2006 no estarán obligados a llevar el registro de sus ingresos diarios y a efectuar la seperación de las actividades por las que deba pagarse el IVA agregado a los distintos coeficientes de valor agregado que les sean aplicados.

De conformidad con la Ley del ISR, tampoco están obligados a presentar la declaración informativa de los ingresos obtenidos en dichos años, ni a entregar a sus clientes copia de las notas de venta y conservar originales de las mismas por operaciones por montos de hasta 100 pesos.

Estos beneficios serán aplicables sólo a los pequeños contribuyentes que no realicen actividades que vayan en contra de las disposiciones legales aplicables, es decir, que no incurran en la venta de mercancía robada, de contrabando, de sustancias no permitidas, o que vayan contra los derechos de propiedad intelectual. El decreto publicado por la Secretaría de Hacienda exime también a estos contribuyentes del pago del IVA que se cause por la enajenación de locales comerciales en las plazas que se establezcan mediante Programas Gubernamentales para reubicar a las personas físicas dedicadas al comercio en la vía pública.

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