El Ayuntamiento tendrá que seguir lineamientos de la Ley de Acceso a la Información Pública.
EL SIGLO DE TORREÓN
SALTILLO, COAH.- El Tribunal Superior de Justicia del Estado determinó que en materia de transparencia administrativa, el Ayuntamiento de Torreón debe sujetarse a los lineamientos de la Constitución Política estatal y de la Ley de Acceso a la Información Pública del estado.
Y es que los magistrados coincidieron en que la vigencia de su Reglamento de Transparencia municipal es inconstitucional, pues su contenido va en contra de los mecanismos garantizados por la legislación estatal vigente a fin de garantizar a los ciudadanos el acceso real y expedito a información de carácter público.
Con lo anterior, queda sin efecto la reglamentación municipal que nació el 13 de febrero de 2003.
El magistrado Juan Antonio Martínez, ponente del dictamen, consideró, por ejemplo, que el reglamento se contrapone con el contenido de la Constitución y de la legislación estatal, en el plazo mínimo para que las autoridades resuelvan la procedencia o el rechazo de las solicitudes de información.
En este sentido, las leyes estatales indican que las entidades obligadas a proporcionar información al público, deben responder a las propuestas en un plazo no mayor a los diez días hábiles, mientras que el reglamento municipal extendía el plazo a lo doble.
Automáticamente el fallo de la Corte le da la razón al Instituto Coahuilense de Acceso a la Información, quien promovió la acción de inconstitucionalidad luego que el Ayuntamiento de Torreón se negó a entregar informes y documentos relacionados con la construcción del Distribuidor Vial Revolución (DVR).
El ICAI consideró que los argumentos aportados por el Gobierno Municipal para negar la información no coincidían con el contenido de la Constitución y de la Ley estatal de acceso, por lo que consideró conveniente promover la acción de inconstitucionalidad a fin que los magistrados determinaran cuál de las dos entidades tenía la razón.