EL SIGLO DE TORREÓN
TORREÓN, COAH.- La Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) es señalada por una posible acción contradictoria, donde un empleado demandante que ganó un juicio laboral y recibió su respectivo pago, fue boletinado para que se congelaran sus cuentas en diversas sucursales bancarias y advertido sobre la ejecución de cualquier medida de apremio.
Osvaldo Adrián Covarrubias Durán, abogado litigante y demandante en un juicio laboral desde octubre de 2002, cuestionó la actuación del titular de la JLCA, Miguel López López, al firmar de conformidad una determinación que técnicamente perjudica a un trabajador.
En una rueda de prensa, el abogado mostró el oficio 45/2005 basado en el expediente 1881/2002, donde aparece como parte demandada Hipotecaria Su Casita, donde el 27 de enero del presente año se reconoce que se trabó embargo a las cuentas necesarias para garantizar le pago al demandante.
La medida se hizo en atención al laudo condenatorio girado con fecha del diez de diciembre de 2004 y que se ejecutó hasta el pasado 27 de enero, cuando se aseguró el pago de 325 mil 799, acción llevada a cabo por el actuario de la JLCA.
El 31 de enero del presente, la parte demandada interpuso un incidente de nulidad de actuaciones por defectos en la notificación del laudo, mismo que fue aceptado el dos de febrero, decretándose que el actor deberá entregar la cantidad en mención, de lo contrario será objeto de cualquier medida de apremio.
Después, con fecha del cuatro de febrero de 2005, Miguel López, mediante el oficio 9/223/2005, del mismo expediente laboral, expone una equivocación del actuario de la JLCA, quien aparentemente, en vez de elaborar un cheque a nombre del presidente de la JLCA, lo hizo ?indebidamente? a nombre del demandante.
Covarrubias Durán señaló que está atento para cualquier situación que se desee aclarar y dijo que no eran admisibles conductas al margen de la Ley, que perjudiquen al trabajador, dejando ver que si él las enfrenta como abogado, qué pueden esperar los demás trabajadores.
Versión oficial
Miguel López López, presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, (JLCA) por Ministerio de Ley, dijo que tiene conocimiento del hecho, donde la parte demandada promovió un incidente de nulidad de actuaciones en contra del laudo por la notificación hecha a la empresa Hipotecaria Su Casita.
?La promoción fue procedente y por consecuencia, queda sin efecto todo lo actuado con posteriori-dad a la notificación del laudo y se ordenó notificar nuevamente del laudo a la parte demandada?, señaló López López, en relación al caso de Osvaldo Adrián Covarrubias Durán.
También se explicó que si no se está conforme con la resolución incidental, el actor o el trabajador, tienen el recurso de interponer un amparo ante la autoridad competente, y lo que determine el juez, si está fundada o infundada la resolución incidental, él lo va a decidir.
Cuestionado sobre la orden de congelar las cuentas de un trabajador, Miguel López dijo ?no es muy común esa situación, pero se dan casos, cuando en otro expediente hay la situación de no congelar las cuentas, sino inclusive, cuando se viene abajo una resolución por mandante del juez de Distrito, se le requiere al trabajador?.
El presidente de la JLCA aclaró que el año pasado sólo hubo un caso similar, no lo considera como una situación de desventaja para el trabajador porque existe el recurso de inconformarse. ?Ahorita quedaron sin efecto las medidas de apremio por la nulidad de la notificación, si quedó sin efecto la notificación del laudo, quedaron sin efectos también las medidas de apremio?.