La capacidad de operación de la Coordinación de Inspección Municipal es mínima contra los establecimientos dedicados a la venta irregular de bebidas con contenido alcohólico en la modalidad ?para llevar? o de ?litros?, pues ya han existido denuncias, pero no se han podido detectar al momento de la infracción, según lo comentó el titular de esta dependencia, Rubén Cárdenas Vázquez.
Cárdenas Vázquez manifestó que en el caso del establecimiento ?Gangas? que se dedica a la venta de bebidas con contenido alcohólico, en envase para tomar, llamados ?litros?, que se encuentra sobre la calle de Alberto Terrones, entre 20 de Noviembre y 5 de Febrero, ya habían recibido denuncias en forma anterior, pero han ido a verificar en tres ocasiones, las mismas que ha hallado cerrado el local.
Aseguró que la inspección se ha realizado por la noche y que no ha sido posible la detección de estos establecimientos; sin embargo, El Siglo de Durango ha tenido conocimiento de la operación de varios más, como el que se encuentra sobre el bulevar Francisco Villa, casi al llegar a una conocida discoteca.
También existe otro sobre el Panteón de Oriente; incluso, uno que surte a los estudiantes del Instituto Tecnológico de Durango (ITD), y se habla de muchos más y todos operan a altas horas de la noche, inclusive en la madrugada.
El riesgo de clausura de algunos, como dijo Rubén Cárdenas, no garantiza su apertura en otros lados. Es posible que ?Gangas? sea de una persona que anteriormente fue sancionada sobre la calle de Regato, que utilizaba una casa particular para vender bebidas para llevar. Asegura el Coordinador de Inspección que también en diciembre se cerró otro establecimiento ubicado por la glorieta Francisco Villa y se sancionó el minisúper ?Nombre de Dios? sobre la calle Everardo Gámiz, que también vendía esta modalidad de bebidas.
Lo único que pueden hacer las autoridades municipales es seguir los procedimientos que marcan los reglamentos de Actividades Económicas y el de Alcoholes, así como el Bando de Policía y Buen Gobierno Municipal.
Si el establecimiento no tiene permiso o licencia, está cometiendo un delito, pero Inspección Municipal lo único que puede hacer es levantar un acta, y prohibir el acto comercial, pero se ve imposibilitada de hacer alguna otra cosa si no existe participación del Ministerio Público.
Si el establecimiento tiene una licencia, se levanta un acta en la que según el juez administrativo, Sergio Sánchez, se puede aplicar una multa de 50 a diez mil salarios mínimos. Si es reincidente, se levanta otra acta y se puede solicitar la clausura temporal y hasta definitiva, según la gravedad del caso.
Inspección
Baja efectividad
Durante la anterior entrega de actas levantadas por la Coordinación de Inspección Municipal, se contabilizaron 70, la mayoría levantadas en contra de vendedores ambulantes, según las que se registraron, principalmente en diciembre del año pasado.
Pocas actas se relacionan con ventanas clandestinas o venta de bebidas de contenido alcohólico fuera del horario permitido, según lo informó el Juzgado Administrativo Municipal.
El artículo 40 del Reglamento de Alcoholes, en su fracción XI, indica que está prohibida la venta de bebidas embriagantes para consumirse fuera del establecimiento cuando son al copeo.