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En puerta, 80 amparos contra el Costo de Ventas en Torreón

Virginia Hernández

El Siglo de Torreón

TORREÓN, COAH.- En puerta, la presentación de más de 80 amparos en contra del Impuesto de Inventarios. Los principales grupos industriales de La Laguna con presencia a nivel nacional evalúan la posibilidad de presentar este recurso legal.

Andrés Guerrero, gerente de Servicios Jurídicos Integral de la firma Ernest & Young en Torreón, comenta que los hombres de empresa confían más en que no habrá represalias o auditorias en su contra por el hecho de presentar un amparo en oposición de una disposición legal que emitió en 2004 el Congreso de la Unión, por lo que están más ciertos en hacerlo y en tener un proceso jurídico en igualdad de circunstancias.

Durante 2004 se presentaron 140 amparos, cifra que podría incrementarse en 2005. Actualmente se tienen contabilizados 80 por parte de dos grupos industriales locales, sin embargo, la cifra podría aumentar con base a las visitas que realizan a otras empresas de la región.

La firma internacional ha realizado estudios al respecto sobre cuáles son las disposiciones que violan algunos principios constitucionales de legalidad, proporcionalidad y equidad, por lo que el mayor número de casos se concentra en el Impuesto de Inventarios o Costo de Ventas. Otros de carácter local corresponde a los amparos que podrían presentarse en contra del gravamen que aplica el Alumbrado Público Municipal, al aplicar un impuesto a cierto porcentaje del consumo por parte del Ayuntamiento, facultades que no tiene, pero que pretende aplicar.

El Impuesto a la Adquisición de Inmuebles muestra vicios inconstitucionales y da un tratamiento distinto a igual tipo de contribuyentes, en función a los empleos que pueda generar o no la empresa a instalar. Por último, se menciona el caso de la deducibilidad en el reparto de utilidades que se aplicó en el ejercicio 2004 y en 2005.

En aumento

El entrevistado reconoce que año con año ha crecido el número de empresas que confían en interponer este recurso en contra una disposición legal que emitió el Congreso de la Unión, particularmente por los buenos resultados obtenidos en 2003 y 2004 en los amparos presentados en contra del Impuesto Sustitutivo del Crédito al Salario.

Relata que la Suprema Corte de Justicia falló a favor de los contribuyentes, por lo que es hasta hoy en día que continúan realizándose las devoluciones de impuestos. Las expectativas para 2005 es un incremento en el número de negocios que se sientan afectados de cambiar del sistema de deducción de compras al de inventarios, por lo que no dudarán en utilizar este recurso legal, sin tener miedo a futuras represalias.

La razón sobre este incremento en el interés de ampararse obedece a que todas las empresas se verán afectadas en mayor o menos grado, particularmente quienes tienen una rotación lenta durante el año y no podrán realizar las deducciones al momento de hacer las compras.

Andrés Guerrero manifiesta que en 1986 se cambio el sistema de Costo de Ventas por el de deducción de las compras. Éste último continúo aplicándose en México hasta el 31 de diciembre de 2004, modificándolo a partir de 2005 por el Costo de Ventas, el cual permite sólo deducir las compras que se realizan al momento de obtener el ingreso por la venta o enajenación del bien.

Lo anterior ha generado gran inconformidad por parte de los contribuyentes al violar algunos principios constitucionales de legalidad, proporcionalidad y legalidad, dado que la iniciativa sólo se aplica al Régimen general de contribuyentes.

El gerente de Servicios Jurídicos Integral de la firma Ernest & Young en Torreón afirma que la Ley sólo hace una descripción del impuesto, pero sin definir los diversos sistemas de costeo y de inventario.

Andrés Guerrero asegura que al no explicar o definir no se establecen las normas, reglas y métodos contables para hacer las deducciones correspondientes. Lo anterior puede acarrear imprecisiones y ambigüedades de la Ley que al momento de realizarse una auditoria o visita por la autoridad correspondiente, podría opinar que fue aplicado un diferente sistema de inventarios y por ello rechazar deducciones, determinando un crédito fiscal. En pocas palabras, “pone a la empresa en un estado de contingencia”.

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