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En trámite, adopción del pequeño 'Ángel de Jesús'

LUIS ALBERTO MORALES CORTÉS

EL SIGLO DE TORREÓN

GÓMEZ PALACIO, DGO.- Hace seis meses ?Ángel de Jesús? fue abandonado en un basurero. Hoy la familia que tiene la custodia provisional ya inició los trámites para la adopción. ?Están cubriendo los requisitos?, informó Claudia Gabriela Bonilla Dávila, procuradora del DIF municipal.

La abogada dijo que se atienden los requisitos que marca el Código Civil del Estado, como son los estudios socioeconómicos, la valoración psicológica de los adoptantes, y demás papelería diversa como justificar sus ingresos, ubicar su domicilio, datos que ya se tenían desde la solicitud de adopción.

?Al bebé lo veo cada 15 días, ha crecido mucho, está muy cambiado, el bebé de la foto que todos conocimos no es el mismo, está sano, muy bonito y como dije desde tiempo atrás, está muy feliz?, aseguró Claudia Bonilla.

Para la procuradora del Sistema de Desarrollo Integral Familiar (DIF), es importante que se agoten las diligencias de jurisdicción voluntaria de adopción, para poder generar un acta de nacimiento; ?esto podría cambiar el nombre y darle apellidos?.

El bautismo del pequeño tiene que esperar, cuando se concluyan favorablemente los trámites de la adopción, la familia adoptante podrá cambiar el nombre del pequeño, ?a la fecha es llamado con cariño como ?Ángel de Jesús??.

Bonilla Dávila está convencida de que la madre biológica no apareció y la responsabilidad penal sigue vigente. ?Por la vía civil se busca que tenga identidad, que exista como persona, que se defina su situación, porque ahorita es y no, parte de una familia?.

Si la madre llegara aparecer en un momento dado, enfrentará su situación penal y en su derecho está hacer lo que considere conveniente. Mientras tanto, en la agencia del Ministerio Público de Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar, hay una averiguación previa abierta.

En su momento, la titular de la agencia, María Concepción Moreno Bocanegra, realizó las investigaciones que se fueron encaminando a una persona, pero a la fecha no se cuenta con los indicios que responsabilicen a alguien.

Extraoficialmente se logró conocer que la madre vivía en la colonia Parque Hundido, donde fue abandonado el recién nacido; que trabajaba en la empresa Philips, que trató de ocultar su embarazo, lo comentó a amigos de confianza y en la fecha previa al alumbramiento ?desapareció? de la ciudad.

Antecedentes

El lunes 23 de agosto, a las 4:00 horas, fue descubierto un bebé de seis u ocho horas de nacido, que estaba abandonado en un cesto para la basura, frente a la casa de un joven matrimonio, en la colonia Parque Hundido.

?Ángel de Jesús?, fue el nombre provisional que le dio el personal de la Cruz Roja al recién nacido que sobrevivió a la madrugada fría, envuelto con una cobija blanca y todavía con el cordón umbilical.

La familia Dévora de la Fuente reportó el hallazgo a la Policía Preventiva y a la Cruz Roja. El bebé recibió toda la atención médica y tres días después fue entregado a la familia que hasta la fecha se encarga de su tutela.

El niño fue diagnosticado como sano, con 3.5 kilogramos de peso y 56 centímetros de estatura. Sobre la madre biológica no se cuenta con datos y al cumplirse los seis meses de nacido, ?Ángel de Jesús? será legalmente adoptado por una buena familia.

Requisitos iniciales

Las disposiciones generales para la adopción se contemplan en el artículo 385 que dice:

El mayor de 25, en pleno ejercicio de sus derechos, puede adoptar uno o más menores o a un incapacitado, siempre que el adoptante tenga más de 17 años de edad que el adoptado cuando menos, y que acredite además:

I. Que tiene medios bastantes para proveer a la subsistencia, la educación y el cuidado de la persona que trata de adoptarse, como hijo propio, según las circunstancias de la persona que trate de adoptar;

II. Que la adopción es benéfica para la persona que trata de adoptarse, atendiendo al interés superior de la misma;

III. Que el adoptante es persona de buenas costumbres; y

IV. Que tiene buena salud física y mental.

FUENTE: Código Civil del Estado de Durango

En tiempo y forma

El artículo 912 señala que el que pretenda adoptar, deberá acreditar los requisitos señalados por el artículo 385 del Código Civil, debiéndose observar, además, lo siguiente:

III.- Si hubieren transcurrido menos de seis meses del abandono, se decretará el depósito de quien se pretenda adoptar con el presunto adoptante, entretanto se consuma dicho plazo;

IV.- Si no se conociera el nombre de los padres o no hubiere sido acogido por institución de asistencia social, pública o privada, se decretará la custodia con el presunto adoptante, siempre y cuando ello fuere aconsejable a criterio del juez.

FUENTE: Código de Procedimientos Civiles

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