La Comisión Nacional de Agua tiene autorizada la extracción de aproximadamente 100 mil metros cúbicos de material para la construcción del lecho del Rió Tunal, mediante 21 concesionarios debidamente registrados; cada uno debe renovar su concesión (la mayoría dura un año).
Desde el 2004 es obligación presentar los estudios de impacto ambiental ante la Semarnat para renovar la concesión, afirmó Miguel Calderón Arámbula, gerente estatal de esta dependencia.
Agregó que la Ley Federal de Derecho establece que el costo de dichas concesiones es de ocho pesos por metro cúbico, el cual no ha variado desde el año pasado.
Hay empresas que extraen hasta 20 mil metros cúbicos, las pequeñas empresas mil metros y en promedio 100 mil metros cúbicos anualmente.
La Conagua tiene restricciones en cuanto a pisar los bancos extracción de materiales, con el fin de evitar un desorden, por lo que no permite que se realice este tipo de actividad a más de 200 metros angulares ,ya que representa un riesgo, mencionó Calderón Arámbula.
Añadió que los carretoneros que extraen material de manera ilegal no pueden ser controlados por la falta de inspectores, además de la gente que acude por las noches, por lo que se ha solicitado a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes que reporte estos casos para detectar mejor las zonas en las que se da este caso.
Otro problema al que se enfrenta Conagua son los comisionados ejidales, quienes creen que el material es propiedad del ejido, por lo que lo comercializan, y al momento de que Conagua otorga alguna concesión y pasa por un terreno ejidal consideran de antemano que pueden hacer uso de éste.
En 1992, con la Ley de Aguas Nacionales, se contemplaron los bienes públicos inherentes, en los que se incluyen la concesión de las zonas federales a lo largo y ancho de los ríos y aguas de propiedad nacional, así como la extracción de materiales.
Conagua otorga este tipo de concesiones de extracción de materiales debido que beneficia a la corriente, ya que no se daría abasto para desazolvar todos los ríos y arroyos, por lo que es un beneficio para el mismo cauce, ya que se debe vigilar que los que se encuentran dentro de la ley cumplan con los bancos de materiales que son asignados en los lugares que es necesario que se desarrolle, dijo Calderón Arámbula.
La dependencia federal divide el cauce en dos zonas federales, apuntó Calderón Arámbula; uno de ellos es la franja de protección al cauce y el cauce mismo. Sin embargo, lo que se encuentra fuera de esta zona, como los ejidos, concesionan los terrenos a los particulares la extracción de materiales, por lo que la franja se une con el río y éste se va ensanchando con el paso del tiempo.
Realizar este tipo de actividad requiere de un permiso y en el caso de extensiones muy grandes se realiza un estudio de impacto de suelo para saber cómo se remediará esta situación, además de que se debe restituir la capa vegetal dañada, para tener un equilibrio, asentó el Gerente estatal de Conagua.
Cerca del 80 por ciento de la recaudación de la Comisión Nacional del Agua (CNA) corresponde al concepto de explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales. En la siguiente tabla se indica la recaudación correspondiente a cada uno de los usos indicados en el Artículo 223 de la LFD. El uso denominado régimen general se refiere a cualquier uso distinto al de acuacultura, hidroeléctricas, agua potable o recreativo.
Recaudación por extracción, uso o aprovechamiento de aguas nacionales
(millones de pesos a precios constantes de 2003)
Uso 1999 2000 2001 2002
Acuacultura 0.2 0.2 0.5 0.3
Hidroeléctricas 404.9 476.0 384.6 353.8
Público urbano 441.9 414.6 391.6 1 028.2
Recreativo 20.4 20.9 21.7 20.5
Régimen General 4 526.1 4 744.7 4 687.4 4 486.1
Total 5 393.5 5 656.4 5 485.8 5 888.9
FUENTE: Comisión Nacional del Agua.