Durango

Garantiza el municipio espacios en el panteón

El Gobierno Municipal firmó un convenio con los propietarios del panteón ?Las Flores?, ubicado en el kilómetro 11 de la carretera a México, a fin de prevenir la falta de espacio en el Panteón de Oriente, señaló Juan José Herrera, director municipal de Salud y Medio Ambiente.

Dicho convenio surgió debido a que por ley los panteones particulares están obligados a aportar al Municipio el cinco por ciento del terreno; por lo tanto se contarán con tres mil metros cuadrados en el cementerio particular Las Flores, ya que su extensión es de cinco mil hectáreas, con lo cual habrá espacio para colocar de 700 a 800 fosas.

Gracias a este convenio, a partir de la próxima semana las personas que así lo deseen pueden solicitar un espacio en el panteón antes mencionado.

Se desconoce con precisión cuántos lotes quedan en el Panteón de Oriente; sin embargo, el administrador Francisco Javier Martínez Ceceñas asegura que aún queda espacio suficiente para dar servicio a la gente que se encuentra más necesitada, por lo que este camposanto continuará preparándose para ofrecer un buen servicio.

Según el artículo 19 del Reglamento de Servicios Públicos Municipales, los cementerios oficiales en el Municipio de Durango deberán contar con los siguientes requisitos:

I. Superficie mínima de veinte hectáreas.

II. Barda perimetral con altura mínima de tres metros.

III. Puertas de acceso y salida.

IV. Calles y andadores.

V. Áreas para sepulturas.

VI. En su caso, fosa común y área para el depósito de restos áridos y exhumados de sepulturas abandonadas.

VII. Edificaciones para: oficinas administrativas, velatorios, nichos para el depósito de restos áridos o cremados, servicios sanitarios, sistema de agua potable y de riego, sistema de drenaje y alcantarillado, áreas verdes, estacionamiento para vehículos, vías internas para la circulación peatonal y vehicular, red de energía eléctrica, así como alumbrado interior y exterior.

VIII. Lo demás que determine el Ayuntamiento o que técnicamente sea necesario para la adecuada prestación del servicio.

FUENTE: Reglamento de Servicios Públicos.

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