La medida es una represalia por la incompatibilidad de la Ley Byrd.
Notimex
MÉXICO, DF.- Conforme al marco jurídico de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el Gobierno de México impuso sanciones al de Estados Unidos por 20.9 millones de dólares por el daño sufrido en productos afectados por la Ley Byrd.
La dependencia se refiere al decreto publicado ayer en el Diario Oficial, mediante el cual México ejerció su derecho e imponer restricciones comerciales a la importación de ciertos productos de Estados Unidos, como medida de represalia por la incompatibilidad de la mencionada legislación con el sistema multilateral del comercio.
México aplicará sanciones a través de la imposición de aranceles de nueve por ciento para chicles y demás gomas de mascar, incluso recubiertos de azúcar; 30 por ciento para preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos superior a 50 por ciento en peso.
Asimismo, 20 por ciento para vinos generosos; vino tinto, rosado o blanco; vinos de uva llamados finos y los tipo claretes.
Las sanciones sólo se aplicarán hasta cubrir la afectación que ha sufrido para 2005, que es de 20.9 millones de dólares, y una vez cubierta esa cantidad los productos incluidos en la medida volverán a estar libres de arancel, aclara la dependencia.
A través de la Ley Byrd, el Gobierno de EU distribuye los montos recaudados por los pagos de cuotas antidumping y/o derechos compensatorios a las industrias que en su momento solicitaron o apoyaron el inicio de las investigaciones para imponer dichos pagos.
El 16 de septiembre de 2002, la OMC determinó que la Ley Byrd es incompatible con el Acuerdo Antidumping, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias, y el Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo Sexto del GATT (Acuerdo General de Aranceles y Comercio, por sus siglas en inglés) de 1994 y el Acuerdo sobre la OMC.
Otros países que también solicitaron la autorización a la OMC para aplicar sanciones a Estados Unidos (EU) por las afectaciones sufridas a raíz de esa legislación fueron Brasil, Canadá, Chile, Corea, India y Japón, así como la Unión Europea.
Canadá fue uno de los primeros países en aplicar sanciones, en tanto que Japón ha anunciado que iniciará su compensación en el mes de septiembre. En caso que la Ley no sea derogada durante el próximo año, México estaría de nueva cuenta en condiciones de gravar productos por un monto equivalente al distribuido a través de esa Ley para el año fiscal 2006 a Estados Unidos.
¿Qué es?
Algunos puntos sobre la Ley Byrd
· La enmienda Byrd conocida por el apellido de su promotor, Robert Byrd, otorga a Washington facultades para multar a empresas extranjeras bajo el argumento de dumping (competencia desleal en materia de comercio), y estaba vigente desde el año 2000.
· Los impuestos que cobra Estados Unidos como compensación a productos exportados de Canadá, México y los integrantes de la Unión Europea(UE), se distribuían entre los supuestos perjudicados. Esto para algunos países “es un acto violatorio de lo establecido por la OMC.
· En noviembre pasado, la OMC dio su visto bueno a Brasil, Canadá, la India, Japón, Corea del Sur, México y los 25 integrantes de la Unión Europea para aplicar medidas de castigo contra Estados Unidos.
· Canadá y la Unión Europea han analizado la posibilidad de aplicar gravámenes del 15 por ciento a determinados productos de origen estadounidense a partir del primero de mayo próximo.
FUENTE: Investigación de El Siglo de Torreón
Dan la razón a la UE
La Organización Mundial del Comercio (OMC) dio ayer la razón a la Unión Europea (UE) en un litigio contra Estados Unidos al declarar ilegales las medidas compensatorias que este último impone a productos de acero provenientes del Reino Unido y España, informaron ayer fuentes comerciales.
Un grupo de árbitros del organismo multilateral emitió un fallo en el que considera que Washington debe rectificar esas medidas por ir contra las reglas comerciales internacionales.
El veredicto establece que enmiendas previas introducidas por Estados Unidos en relación a las medidas compensatorias para una serie de productos de acero -en cumplimiento de un fallo anterior de la OMC- no están completamente de acuerdo con las reglas vigentes.
El caso data de finales de 2001 cuando la Unión Europea (UE) demandó a Estados Unidos por haber aumentado los aranceles a un grupo de productos de acero provenientes de seis países europeos, bajo el argumento de que las empresas privatizadas que los producían seguían recibiendo subsidios.
El fallo de los árbitros de la OMC en 2002, que fue confirmado en un proceso de apelación en 2003, fue favorable a los europeos, que habían recibido el apoyo de Brasil.
Entonces, las autoridades estadounidenses prometieron cumplir la sentencia, pero Bruselas acusó el año pasado a Washington de haber introducido reformas que no eran suficientes y que los productos de España y el Reino Unido (placas de acero en ambos casos) seguían siendo discriminados ilegalmente.