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Incumple el Municipio la recomendación de CDHEC

LUIS ALBERTO MORALES CORTÉS

Dice la Presidencia que cuenta con un proyecto para un nuevo Tribunal de Justicia

EL SIGLO DE TORREÓN

TORREÓN, COAH.- En la cárcel municipal se violan a diario los derechos humanos de los infractores. Desde agosto de 2005 se emitió una recomendación al alcalde, Guillermo Anaya Llamas, la medida fue aceptada, pero bajo el argumento de un nuevo proyecto para el Tribunal de Justicia, no hay respuesta.

En la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Coahuila (CDHEC), Manuel Isaac López Soto, visitador adjunto, confirmó que desde el 11 de agosto se hizo la recomendación que concluyó en cinco puntos integrales, luego de una visita hecha el 20 de febrero del presente.

Ya en la recta final de la administración, la recomendación fue reconocida y mediante oficio del 15 de agosto de 2005, se fijó el compromiso para responder en 15 días hábiles y mostrar los resultados. La falta de dinero programado para el rubro impidió que se cumpliera el trato.

Fue hasta el 27 de septiembre del presente año, cuando se notició que debido a la existencia de un proyecto integral para la reestructuración del Tribunal de Justicia Municipal fijado para 2006, se pospondrían todas las medidas encaminadas a atender los hechos violatorios de las garantías de los residentes eventuales de la cárcel municipal.

López Soto manifestó que el argumento lleva inmersa la aceptación de la recomendación, habla de un nuevo proyecto que subsanará las faltas, pero por lo pronto, en el plano real, las violaciones señaladas a principio de año siguen vigentes.

La resolución de la CDHEC se basa en el expediente 92/2004/TORR/PMPAL y sigue con el expediente 239/2005TORR/PMPAL, mismo que concluyó con la recomendación 16/2005, que contiene un documento de 22 hojas y detalla las irregularidades detectadas durante la visita.

A DETALLE

En primer término, se sugiere habilitar los espacios físicos de la ergástula municipal de Torreón, particularmente en lo que se refiere a la higiene y ventilación de las celdas, los servicios sanitarios y las literas para descanso de los detenidos.

También se pide instruir a los Jueces Unitarios del Tribunal de Justicia Municipal, para que apliquen en principio a los infractores la sanción consistente en una multa y, solo en caso de no cubrirse ésta, se aplique el arresto.

El documento aclara que en el caso de las multas, se recomienda también que en la imposición de las mismas, se ajusten a lo dispuesto por el Artículo 21 Constitucional y en caso de que el infractor fuese jornalero, obrero o trabajador, no sea sancionado con multa mayor del importe de su jornal o salario de un día y, si se trata de trabajadores no asalariados, que la multa no exceda del equivalente a un día de su ingreso.

La tercer medida indica que se realice una evaluación y un diagnóstico para ponderar la posibilidad de conceder a los infractores la oportunidad de realizar algún servicio a favor de la comunidad a cambio de reducirle el arresto que se le haya impuesto como sanción, para lo cual la CDHEC ofrece su apoyo.

En el cuarto punto se menciona que se instruya a los jueces municipales para que tramiten los procedimientos administrativos, de acuerdo a lo que dispone el Reglamento de Justicia Municipal de Torreón, agotando la etapa de conciliación y concediendo al infractor la garantía de audiencia.

Así mismo se les instruya a los infractores para que emitan sus determinaciones por escrito, fundadas y motivadas, principalmente cuando se trate del arresto de alguna persona y su posterior excarcelación, documentando en debida forma el expediente correspondiente.

El último punto pide que se analice la posibilidad de establecer un área o departamento de Trabajo Social, con el objeto de canalizar o encauzar a los detenidos que así lo deseen, a instituciones de rehabilitación o apoyo.

Esto es porque la mayoría de los arrestados infringen la Ley en virtud de su estado de embriaguez o drogadicción; o bien, procurar los acercamientos necesarios con dichas instancias, a efecto de que tengan la posibilidad de informar a los detenidos de la existencia de las mismas y en su caso, puedan acceder a ellas.

Señalamientos

En concreto, los actos violatorios de los Derechos Humanos en la cárcel municipal tienen que ver con la estancia y la acción de responder a una falta, para recuperar la libertad, conforme a la Ley.

*Habilitar los espacios físicos, principalmente lo que se refiere a la higiene y ventilación de las celdas, los servicios sanitarios y las literas para descanso de los detenidos.

*Instruir a los jueces para que apliquen a los infractores la sanción consistente en una multa y, solo en caso de no cubrirse ésta, se aplique el arresto.

*Realizar una evaluación y un diagnóstico para ponderar la posibilidad de conceder a los infractores la oportunidad de realizar algún servicio a favor de la comunidad a cambio de reducirle el arresto.

*Instruir a los jueces municipales para que tramiten los procedimientos administrativos, de acuerdo a lo que dispone el Reglamento de Justicia Municipal de Torreón, agotando la etapa de conciliación y concediendo al infractor la garantía de audiencia.

*Analizar la posibilidad de establecer un área o departamento de Trabajo Social, con el objeto de canalizar o encauzar a los detenidos que así lo deseen, a instituciones de rehabilitación o apoyo.

FUENTE: CDHEC

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