El Colegio de Profesionistas no esta de acuerdo en las sanciones anunciadas por Secope
El Siglo de Durango
Justifica Ernesto García Rosales, presidente de la Federación de Colegios de Profesionistas (Fecop) el atraso en el que incurren algunos de los constructores en el ramo de la obra pública ya que asegura, intervienen muchos factores que ocasionan una demora, entre los que se encuentra, una mala planeación de las dependencias.
?Desde el momento que la dependencia no entrega un proyecto bien elaborado no estamos de acuerdo que se nos sancione?, remarca el ex presidente del Colegio de Ingenieros Civiles.
El entrevistado esclarece que la dependencia y los constructores deben formar un equipo pero aún ?hay ciertas fallas en los proyectos de obra? en especial, en los que compete a la Junta Estatal de Agua Potable y Alcantarillado (Jeapa).
?Nos lo comentan los constructores que se dedican a ese tipo de infraestructura. Son situaciones que se van solventando conforme va avanzando la obra, pero de origen hay algunas deficiencias en cuanto a los proyectos?, manifiesta.
Y es que a veces, los constructores se enfrentan a que no coincide el perfil topográfico, el tipo de material que se va a excavar o bien, que no se tiene la autorización del propietario de determinado terreno considerado en el proyecto, así que se debe esperar a arreglar dicha situación.
?El retraso de las obras no siempre es imputable al contratista. Los constructores que se dedican a los diferentes rubros, en ocasiones, les hace falta un proyecto bien definido. Cuando no hay planeación en los proyectos, es decir, que no están bien elaborados, esa obra va a tener retrasos pues se va solucionando conforme a la marcha?, argumenta.
Cuando el proyecto está bien elaborado no tienen objeción alguna en las sanciones. ?La ley es muy clara al decir que cuando el contratista se está retrasando cada vez que meta una estimación se le hace una retención del 3 por ciento del monto que está dejando de ejecutar a esa fecha?, indica.
Dicha retención es una llamada de atención, pero García Rosales exterioriza que desde el momento en que ?se ponen las pilas? y avanza la construcción, el capital se les regresa.
?Estamos de acuerdo en las sanciones, cuando es imputable al contratista. Pero también que la dependencia asuma la responsabilidad correspondiente en la revisión oportuna de los números generadores, la revisión oportuna de la estimación y el pago oportuno, desde luego porque las obras que carecen de recursos se van a retrasar?, enfatiza.
Hace referencia a que la tardanza de la liberación de los recursos, en especial de los federales, genera que los trabajos comiencen en temporada de lluvias, un período que resulta por demás difícil para laborar con la tierra.
COMPROMISO
Reglas claras.
-Artículo 54
El contratista deberá comunicar a la dependencia, entidad o ayuntamiento la terminación de los trabajos que le fueron encomendados y ésta verificará que los trabajos estén debidamente concluidos dentro del plazo que se pacte expresamente en el contrato.
-Artículo 55
Concluida la obra, no obstante su recepción formal, el contratista quedará obligado a responder de los defectos que resultaren en la misma, de los vicios ocultos, y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato respectivo y en el Código Civil aplicable en el Estado.
Para garantizar durante un plazo de doce meses el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, previamente a la recepción de los trabajos, los contratistas, a su elección, podrán constituir fianza por el equivalente al diez por ciento del monto total ejercido de la obra; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento del monto total ejercido de la obra, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello.
FUENTE: Ley de Obra Pública del Estado de Durango.