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MADRID, ESPAÑA.- El Tribunal Constitucional de España decidió ayer que la justicia local puede juzgar genocidios y crímenes contra la humanidad fuera de este país, incluso sin que haya víctimas españolas.
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional emitió ayer el auto que reconoce que en España existe el ?principio de jurisdicción universal absoluto?, que permite hacer tal tipo de juicios. La decisión dio la razón a la Premio Nobel de la Paz, Rigoberta Menchú, quien denunció en 1999 ante la Audiencia Nacional española los crímenes de genocidio, torturas y detenciones ilegales cometidos en Guatemala entre 1978 y 1986.
La intención de Menchú es que España investigue los casos en Guatemala, tal como se hizo con los ocurridos durante las dictaduras en Chile y Argentina.
En 2000, la Audiencia Nacional se declaró incompetente para juzgar lo ocurrido en Guatemala, decisión que impugnaron Menchú y asociaciones sociales y de defensa de derechos humanos en España ante el Tribunal Constitucional en 2003.
Tras esa impugnación, el Tribunal Supremo de España limitó la capacidad de investigar sólo a los casos de víctimas españolas, y fue hasta ayer cuando el Tribunal Constitucional dictó la sentencia a favor de Menchú.
En su fallo, el Tribunal Constitucional consideró que la justicia universal se ?configura a partir de la particular naturaleza de los delitos objeto de persecución?.
?Constituyen piezas fundamentales para una efectiva consecución de la finalidad de la jurisdicción universal: la persecución y sanción de crímenes que, por sus características, afectan a toda la comunidad internacional?, reiteró.
Consideró que limitar por la nacionalidad de las víctimas la investigación de estos delitos, ?es contrario a la naturaleza? de la tipificación de tales hechos y de los principios de justicia universal. Asimismo, pidió que el caso presentado por la Premio Nobel de la Paz se retome hasta antes de la decisión que en 2000 tomó la Audiencia Nacional.