EL SIGLO DE TORREÓN
Torreón, Coah.- Recuperó su libertad el adulto mayor de 55 años, que fue acusado de abusar sexualmente de su nieta de cuatro años. El tipo enfrentó la denuncia por atentados al pudor y el delito alcanza fianza.
Carlos Andrés Pérez, es el agente del Ministerio Público, que tomó conocimiento del caso, donde resultó inculpado Gumaro Margarito García Torres, de 55 años, vecino de la avenida Cuatro de Octubre 117, de la colonia Esparza.
Fueron tocamientos en diferentes partes del cuerpo, la figura que se acreditó al inculpado, quien quedó libre y ahora el representante social seguirá con la integración de la averiguación previa, sin detenido, y en su momento la consignará al Juzgado Penal en turno.
Como se informó en su momento, fueron agentes de la Dirección de Seguridad Pública Municipal (DSPM), quienes hicieron la detención de Gumaro Margarito, a las 0:30 horas, del lunes 22 de agosto del presente.
La captura fue en el domicilio del inculpado, ubicado en la calle Rodríguez y Escuadrón 201, de donde se recibió la llamada de auxilio, que reportaba una riña familiar, y una joven solicitaba que detuvieran a su padre.
Gumaro Margarito negó los hechos y dijo que su esposa sólo busca perjudicarlo, porque desde hace tiempo ya no viven juntos. Dijo que hace un año se fue a trabajar a Estados Unidos, y al regresar su mujer estaba viviendo con otro hombre.
Ley.
Sanciones y figuras típicas de atentados al pudor impropio.
- Artículo 398. Se aplicará de uno a cinco años de prisión y multa: a quien sin el propósito de llegar a la cópula y con o sin consentimiento de una persona menor
de doce años de edad, de uno u otro sexo, ejecute en ella o la haga ejecutar un acto erótico.
- Se aplicarán las mismas sanciones si el sujeto pasivo no tiene la capacidad para comprender el significado del hecho o de decidir conforme a esa comprensión; o por ccualquier circunstancia cpersonal no pueda resistirlo.
- Si se emplea violencia física o moral suficiente para intimidar a la víctima
y cometer el delito, se aplicará de dos a seis años de prisión y multa.
FUENTE: Código Penal del estado de Coahuila