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Matrimonio gay

Luis F. Salazar Woolfolk

El debate sobre el denominado “matrimonio gay” en España, ha convertido un problema de previsión social en el marco del sistema de servicio médico y pensiones del Estado, en un conflicto cultural y político.

En su origen, los homosexuales reclamaban hacer extensivos los beneficios del sistema de seguridad social a su pareja, como cualquier derechohabiente que aporta su cuota a un fondo y como tal espera una contraprestación.

Con posterioridad se amplió el reclamo al grado de pretender equiparar legalmente las uniones de este tipo a las heterosexuales, con la posibilidad de adoptar hijos y como consecuencia, ser responsables de la formación de los adoptados.

La pretensión se ha llevado a un extremo que polariza a la sociedad española y pone a la familia tradicional fundada en la pareja de hombre y mujer, en el banquillo de los acusados.

En el plano político, la discusión se ha llevado al Congreso de los Diputados en los que el gobernante Partido Socialista que cuenta con mayoría, proyecta aprobar una reforma al Código Civil que implica sin distinción, la posibilidad que el matrimonio civil se contraiga entre una pareja compuesta por integrantes de un mismo o de diverso sexo.

No se trata de juzgar y condenar a los homosexuales, sino de ubicar el tema de las costumbres sexuales en el terreno de la moral y la vida íntima de cada persona, y dejarlo fuera del terreno del orden jurídico, como conjunto de normas que regulan la vida humana en sociedad.

Desde ese punto de vista, la postura del Foro de la Familia y demás entidades de la sociedad española que se oponen a la legalización del matrimonio gay es irrebatible: sólo la pareja de hombre y mujer está en posibilidades de engendrar una nueva vida humana y como tal, el matrimonio como medio para perpetuar la especie y su regulación jurídica, quedan reservados por naturaleza a esta alternativa.

Lo anterior no implica excluir a los homosexuales de las familias o de la sociedad, ni cancela la posibilidad de que los derechohabientes del Seguro Social y del Sistema de Pensiones del Estado español designen beneficiarios a voluntad. También está abierta la posibilidad (como ocurre en la legislación actual), que una persona soltera adopte un hijo o hija, sin que el Estado ni nadie escrute sobre las preferencias sexuales del adoptante.

En otras palabras, toda sociedad puede construir instituciones más flexibles que permitan a cualquier persona (madre o padre solteros, casados o en unión libre y sin considerar su preferencia sexual) tener acceso a los sistemas de previsión social para resolver sus necesidades en ese ámbito, sin llegar al absurdo de llamar matrimonio a una relación que no lo es, por la simple y sencilla razón que no está abierta siquiera como posibilidad, a la procreación de la especie humana.

El actuar en sentido inverso a este principio de la lógica y del raciocinio, está llevando a las sociedades a una confrontación estéril en la que la institución del matrimonio queda expuesta a nuevas aventuras legislativas que desnaturalizan su esencia y función (y que eventualmente desquiciarán los sistemas de seguridad y pensiones), como sería legalizar la unión de un hombre con varias mujeres, una mujer con varios hombres y por qué no, de varias y múltiples personas sin distinción de sexo.

Pareciera que la propuesta no se conforma con atender una necesidad que es propia mas no privativa de las personas homosexuales, sino que ahora se pretende imponer normas generales en función de casos de excepción, que responden a cuestiones profundas de la mente humana, para las cuales ni la ciencia médica ni la psicología tienen respuesta plena.

Es cierto que la familia tradicional y el matrimonio basado en la unidad de hombre y mujer y la indisolubilidad del vínculo enfrentan una crisis de grandes proporciones, pero considerar matrimonio la unión de personas del mismo sexo, lo único que hace es ampliar la crisis y generar escenarios de pronóstico reservado.

salazarw@

infosel.com.mx

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