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Ministros y políticos

Miguel Ángel Granados Chapa

Quizá en compensación de las muchas veces que la política ha requerido a la justicia que dirima conflictos entre poderes e intereses, ahora dos ministros de la Suprema Corte de Justicia dejaron que los políticos decidan si entran en curso de colisión o se abstienen de hacerlo. Al dejar vigentes disposiciones encontradas, que dos órganos legislativos les pidieron suspender, Olga María Sánchez Cordero y José Ramón Cossío dejaron correr sucesos que acaso se neutralicen recíprocamente, pero que bien pueden generar problemas, si por voluntad de las partes no se generaliza un congelamiento de hecho de las decisiones de la Asamblea Legislativa del DF y la Cámara de Diputados sobre el desafuero de Andrés Manuel López Obrador.

Cada institución acudió en controversia constitucional ante la Corte para subrayar su propia competencia en torno a la declaratoria de procedencia que privó de su inmunidad al jefe de Gobierno, y para demandar la invalidez de las decisiones simétricas de la contraparte. Aunque cada caso tiene su propia vertiente y quedó bajo la atención de sendos ministros, fue evidente la unidad de propósitos en el razonamiento de ambos al negar la respectiva suspensión. En consonancia con esa suerte de decisión conjunta de asuntos que se plantearon por separado, la ministra Sánchez Cordero acortó el plazo que ella misma había esbozado para resolver su parte en este acontecimiento. En vez de esperar al fin de la semana pasada y aun al comienzo de ésta, resolvió su caso -en los términos preliminares que corresponden- el jueves, horas antes de que lo hiciera, el mismo día, el ministro Cossío.

Es de suponer que esta misma semana las partes recurrirán los acuerdos de los ministros, por la vía de la reclamación, que debe ser resuelta por el pleno de la Corte. Y es de conjeturar que no sólo impugnarán la negativa de suspender los actos con que se inconforman los órganos legislativos, sino que éstos objetarán el que se haya admitido la demanda ajena. Puestos a imaginar, no parece próxima la posibilidad de que el conjunto de los ministros se manifiesten en sentido contrario a lo resuelto por sus dos compañeros. De modo que la litis quedó fijada ya, y los amplios sectores interesados en la cuestión esperaremos a que sea resuelta de fondo dentro de varios meses.

En el entretanto, la incertidumbre jurídica que resulta de validar acuerdos que persiguen objetivos exactamente opuestos puede derivar en riesgos. Pensemos en el acontecimiento más ostensible derivado de las resoluciones de la Cámara, la consignación de la acusación contra López Obrador y su pedido de que se expida orden de aprehensión en su contra. El jefe de Gobierno ha expresado su decisión de entregarse si ese mandamiento se emite. Pero también podría atenerse a lo acordado por la Asamblea Legislativa, según la cual no ha lugar a proceder penalmente contra López Obrador.

No hay, según las apariencias, decisión de solicitar prontamente tal orden de aprehensión. No lo hará la PGR esta semana, porque enervaría a los asistentes a la marcha del silencio prevista para el próximo domingo, una caminata que recuerda la del mismo nombre y otras efectuadas en el mismo trayecto -del Museo Nacional de Antropología a la Plaza de la Constitución- durante las funestas vísperas de la matanza de Tlatelolco, en 1968. Pero nada impediría que consigne el caso al día siguiente, convalidada su actuación por la Cámara y por decisiones del más alto tribunal. Ya lo dijo el subprocurador Carlos Vega Memije el viernes: “Bueno, me espero un mes, me espero dos meses, me espero tres meses para poder determinar sobre el particular. O, de una vez, haciendo uso de estos supuestos, puedo determinar sobre el particular”.

A su vez, el juzgador que reciba la consignación, salvo que actúe con predisposición hacia el ministerio público y sus jefes (circunloquio que empleo para no hablar de un juez de consigna) no podrá desatender la intervención que tenga el órgano legislativo capitalino para advertirlo de los riesgos legales en que se coloca si procede en un caso donde el desafuero no se ventiló rectamente (tal como lo sostiene la Asamblea).

Además de la buena noticia que significó la admisión de las dos demandas de controversia, porque la resolución de fondo dibujará con mayor nitidez el perfil institucional del Distrito Federal, era deseable que la ministra Sánchez Cordero aplicara a este caso el sano criterio con que suspendió decisiones en un conflicto en cierto sentido análogo. En junio pasado, a instancias del gobernador Joaquín Hendricks la legislatura local de Quintana Roo se dispuso a iniciar juicio político contra el alcalde de Benito Juárez (Cancún), la síndica y otros miembros del ayuntamiento, que se defendieron mediante una controversia constitucional. La ministra admitió la demanda y otorgó la suspensión: “las autoridades demandadas, con relación a los juicios políticos impugnados, en contra de algunos integrantes del municipio actor, suspenderán la ejecución de cualquier resolución que afecte su actual integración, en aras del derecho constitucional de respeto a dicha integración... además de evitar la intromisión de los poderes estatales en el municipio actor, en tanto se resuelve el fondo del presente asunto”.

En agosto siguiente, la contundencia y la coherencia de la ministra obligó a Hendricks a poner en libertad a García Zalvidea, pues así lo determinó imperativamente la ahora instructora de un caso cuyo abordamiento requiere igual firmeza.

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