Durango

Modifican reglamento en rastros para poder movilizar el ganado

Se modificó el reglamento utilizado en los rastros que permite normar la movilización de ganado para sacrificio donde se anexaron puntos para dar mayor seguridad a las medidas de control e inspección de los animales, según lo dio a conocer la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural del Gobierno del Estado (SAGDR).

Pedro Silerio García, subsecretario de Agricultura y Ganadería de la dependencia estatal, señaló que de acuerdo con la actual Ley Ganadera para el Estado de Durango, relativo a los artículos 10, 12, 16, 91, 95 y 101, bajo ningún motivo se permitirá el sacrificio de ganado que no demuestre su legal procedencia, por lo que se anexaron al reglamento aspectos como el movimiento de los animales; de lo contrario, se implementarán sanciones.

Además de la guía de tránsito, solicitud y pago para el fondo de movilización, certificado o constancia de baño garrapaticida, dentro de los anexos al nuevo reglamento que está en vigor desde el 15 de agosto, se requerirá un vehículo flejado para asegurar el movimiento de los animales para sacrificio y evitar situaciones que se pudieran presentar como bajar o subir animales sin control.

Aunado a esto, se ratificaron puntos como el pase a sacrificio expedido por el inspector de ganado más inmediato del lugar de origen, notificando previamente a la Sagarpa a través de los Cader?s, Distritos de Desarrollo Rural y la Delegación, para cuando provengan animales de hatos cuarentenados por presencia de tuberculosis bovina.

Asimismo, el funcionario declaró que será necesaria la factura animal, en el formato oficial del Gobierno del Estado o formato con requisitos fiscales describiendo correctamente el animal. Aquí para demostrar con el documento la identificación individual del animal, como ganado productor de carne con la marca de fierro de herrar y para leche con su arete individual de origen o marca de fierro.

Silerio García destacó que además de los requisitos anteriores, para el sacrificio de ganado en el estado de otras entidades del país se solicitará el certificado zoosanitario, dictámenes negativos de prueba de tuberculosis y brucelosis bovina con vigencia de dos meses; permisos de internación, así como el quemado a fuego con dígitos del estado de origen de los animales.

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