Agustín Cabral Martell
ASPECTOS LEGALES SOBRE MANEJO DE PASTIZALES
De la investigación realizada en torno a esta normatividad, tanto federal como local, se encontró que:
* Hace falta una legislación federal que comprenda todo lo relativo al manejo de pastizales, tomando en cuenta las características de cada región del país.
* Que los gobiernos de los estados tengan su propia Ley que permita optimizar los recursos naturales.
* Que los productores rurales, se encuentren continuamente inmiscuidos en las decisiones respecto a la política agropecuaria.
* Que exista en cada entidad federativa una institución encargada de llevar a cabo el cumplimiento de las normas relativas al mejoramiento forrajero y por ende la producción de ganado.
* Que las instituciones de investigación y universitarias localizadas en cada estado, apoyen a los productores, juntamente con el Gobierno, a fin de optimizar los recursos naturales y el buen manejo de los mismos, resultado de su experiencia.
* Que las Uniones Ganaderas Regionales o locales colaboren de una manera íntegra con el Gobierno del Estado, a fin de contar con una Ley y reglamento sobre uso y manejo de pastizales, así como cumplir y hacerla cumplir una vez vigente.
Para la capitulación que debe regir la actividad sobre manejo de pastizales en un estado, se recomienda el siguiente orden:
1.- Disposiciones generales. 1.- Objetivos de la Ley. Que se extienda toda la operatividad de la norma sobre manejo de pastizales: "regular la conservación, restauración, fomento, utilización y manejo, evitar el deterioro ecológico, optimizar su aprovechamiento e intensificar la ganadería". 1. 2.- Ámbito de aplicación territorial. 1. 3.- Su relación con la ecología regional. 1. 4.- Las declaraciones de utilidad pública. 1. 5.- Institución encargada de llevar a cabo estas disposiciones legales, así como las instituciones que servirán de apoyo, sean federales o locales, públicas o privadas. 1. 6.- Conceptualiza-ción de términos relacionados con la materia, a fin de que sea exacta su aplicación. El contenido de estos términos debe estar estrechamente relacionado con su aplicación y contenido dentro de la Ley, para no confundir al productor. 1. 7.- Las funciones que debe desempeñar la institución encargada de la aplicación de la Ley y su relación con otras instituciones. 2.- La Explotación Ganadera:2. 1.- Los certificados de explotación, su expedición, requisitos, formas. 2. 2.- Determinación de la carga animal en los predios, metodología, criterios y para la ponderación, se recomienda la aplicación de una tabla en donde se especifique la clase de ganado y su equivalente en unidad animal para la utilización del pastizal. 2. 3.- Obligaciones de los acreedores de certificados ganaderos. 2. 4.- La vigilancia de mantenimiento. 2. 5.- El recuento de ganado. 2. 6.- Responsabilidad civil y penal de los funcionarios encargados de expedir los certificados de explotación ganadera. 2. 7.- Criterios para determinar la sobrecarga animal en un predio. 2. 8.- Criterios para solicitar ampliación en los certificados de explotación ganadera. 2. 9.- Mejoras en el predio, aumento de capacidad y el subsecuente aumento de carga animal. 2. 10.- Criterios respecto a la tenencia de la tierra y lo dispuesto al respecto en la Ley agraria. 3.- La investigación:3. 1.- Apoyos institucionales para el desarrollo de la investigación en manejo de pastizales. 3. 2.- Criterios para fomentar la investigación en el mejoramiento forrajero. 3. 3.- Publicación de resultados de investigación. 4.- El desarrollo:4. 1.- La tecnología y su desarrollo regional. 4. 2.- Puesta en marcha de la nueva tecnología en manejo de pastizales. 4. 3.- El asesoramiento agropecuario a productores rurales. 5.- La cultura:5. 1.- Programas de cultura sobre manejo de pastizales. 5. 2.- Instituciones de apoyo a la cultura agropecuaria. 5. 3.- Desarrollo de la educación agropecuaria local. 5. 4.- Importancia de una educación sobre manejo de pastizales en el estado. 6.- Infracciones. 6. 1.- Los dictámenes técnicos de evaluación. 6. 2.- Plazos para la enmienda. 6. 3.- Criterios en casos de reincidencia. 7.- Sanciones: 7. 1.- Tipos de sanciones aplicables. (multas, suspensión del certificado de explotación ganadera, etc.). 7. 2.- Criterios para su aplicación. 7. 3.- Monto de las multas, en tantas veces el salario mínimo general vigente en la región de que se trate. 7. 4.- Sanción máxima y mínima aplicable. 7. 5.- Criterios en casos de reincidencia. 7. 6.- Procedimiento para la aplicación de sanciones. 7. 7.- Institución encargada de aplicar la sanción. 7. 8.- Resultado de la práctica de inspección. 8.- Recurso:8. 1.- Tipo de recurso aplicable. 8. 2.- Término para interponer el recurso. 8. 3.- Instancia competente. 8. 4.- Requerimientos para interponer el recurso. 8. 5.- Procedimiento. 9.- Artículos transitorios.
El presente proyecto de investigación jurídica agropecuaria fue realizado en la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro Unidad Laguna en el Departamento de Ciencias Socioeconómicas y se le dará el seguimiento adecuado a través de las instancias que correspondan, a fin de tener las bases legales suficientes que permitan sustanciar el mejoramiento técnico de los pastizales y de esta manera su aplicación corresponda a las requeridas por los productores ganaderos del país. Se agradece a la Unión Ganadera Regional de La Laguna que desinteresadamente siempre se encuentra de una manera dinámica y constante en apoyar estos proyecto en beneficio de los ganaderos de la Comarca Lagunera.