Necesidad de vivienda obliga a muchas familias a poner en peligro la integridad de sus miembros
Es grave el problema de las personas que invaden los cauces en zonas federales por falta de vivienda, como es el caso de la presa Las Mangas y el arroyo Temascal, Acequia Grande y el Arroyo Seco, por lo que en algunos casos se indemnizó a las personas cercanas a esta zona y en conjunto con el IVED se buscó reubicarlas, admitió el gerente estatal de la Comisión Nacional del Agua, Miguel Calderón Arámbula.
La Ley de Aguas Nacionales plantea que se pueden entregar estas zonas federales en custodia al Municipio para que las administre y se encargue de vigilarlas, por lo que está facultado para cobrar los derechos de las concesiones, ya que muchas veces los inspectores de Conagua no detectan a estas personas, debido a que generalmente se van extendiendo poco a poco, agregó Calderón Arámbula.
Añadió que ya se han levantado actas, y en el caso de las personas que no atienden este llamado de atención se les aplica una sanción.
Conagua, en coordinación con los gobiernos Estatal y Municipal, se encarga de vigilar las áreas cercanas a los arroyos, ya que en caso de inundación los afectados buscan a la Conagua, ya que aparentemente se permite esta situación, dijo el Gerentes estatal de Conagua.
Señaló que en el caso de Durango se ha regulado esta invasión; sin embargo, en lugares como Santiago Papasquiaro, Nuevo Ideal, Francisco I. Madero, y comunidades pequeñas de Cuencamé como Cuauhtémoc, Emiliano Zapata, y en Lerdo, la gente invade la zona federal, la cual es de diez metros a ambas orillas de los arroyos, por la necesidad de un terreno.
El llevar a cabo programas de reubicación en estos lugares, y aplicar un procedimiento de control no es muy factible, ya que realizar estas acciones es muy caro, además de que hace falta personal para llevar a cabo las inspecciones adecuadas, comentó Calderón Arambula.
Facultades estatales de la Comisión Nacional del Agua
1. Ejercer en la entidad federativa correspondiente las atribuciones de las Subdirecciones Generales de Administración, Administración del Agua, Infraestructura Hidroagrícola, Programación, Infraestructura Hidráulica Urbana, Técnica, Programas Rurales y Participación Social y de Gerencias Regionales, excepto las relativas a autoridades o particulares sobre los asientos registrales.
2. Mantener relación y vinculación con las delegaciones federales y coordinaciones regionales de la Secretaría, en los estados, de conformidad con los lineamientos internos de carácter técnico y administrativo, sistemas y procedimientos que establezca la Secretaría, y
3. Las que expresamente les delegue el Director General de la Comisión Nacional del Agua, así como las que les señalen las disposiciones jurídicas aplicables.
FUENTE: Comisión Nacional del Agua.