Durango

Ordena CAIPED al Gobieno proporcionar información

La Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública de Durango (CAIPED) emitió el 22 de abril la primera resolución, la cual fue en favor de un particular, en la cual ordena a la Dirección de Comunicación Social del Gobierno del Estado proporcionar la información sobre los pagos de espacios o convenios con los medios de comunicación electrónicos e impresos.

?El fallo se dio con base en que entre los objetivos de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Durango se encuentran los de proveer lo necesario para que toda persona pueda tener acceso a la información mediante procedimientos sencillos y expeditos?, señala en un comunicado la propia CAIPED.

Estableció que la resolución correspondió al Recurso de Revisión que interpuso Fernando Gustavo Madera Moreno, por la negativa de información pública que recibió de la Dirección de Comunicación Social del Gobierno del Estado, en marzo de este año.

El solicitante pidió información sobre el monto total de la partida presupuestal de la Dirección de Comunicación Social destinada en el 2002, 2003 y 2004; el desglose de los recursos destinados en espacios comprados o convenidos con los medios electrónicos e impresos, cualquiera que sea la periodicidad de estos últimos, de carácter local, regional y nacional.

Además solicitó información sobre el monto de los recursos que de manera mensual se destinaron y destinan a los medios electrónicos e impresos, cualquiera que sea la periodicidad de estos últimos, de carácter local, regional y nacional, y el soporte estadístico, estudio de mercado y/o jurídico, por el cual se decide la distribución de los recursos, mediante convenio a los medios electrónicos e impresos, cualquiera que sea la periodicidad de carácter local, regional y nacional.

Madera Moreno interpuso el Recurso de Revisión ante la CAIPED, luego de que el 17 de marzo la citada dependencia gubernamental emitió la resolución en la que desechó su Recurso de Inconformidad por la negativa de información que recibió de la Dirección de Comunicación Social del Gobierno del Estado.

La CAIPED se declaró competente para conocer y resolver el recurso de revisión promovido por Madera Moreno y revocó la determinación de la Dirección de Comunicación Social del Gobierno del Estado de desechar de plano el recurso de inconformidad interpuesto por el solicitante.

En sus argumentos, la CAIPED concluyó que el ente público no proporcionó elementos objetivos que permitan determinar que la información solicitada se ubique en algunos de los supuestos de reserva previstos por la ley, siendo ésta de carácter público, aun cuando no esté vigente, por tratarse de ejercicios fiscales anteriores.

Así, la Comisión ordenó la entrega de la información requerida en un plazo no mayor de diez días hábiles, a partir de la notificación de la resolución, y a remitir la información al solicitante sin costo alguno, dado que las respuestas otorgadas a éste tanto de la solicitud como del Recurso de Inconformidad se dieron extemporáneamente.

?En caso de no hacerlo, se hará del conocimiento del órgano competente su incumplimiento, para efecto de que se apliquen las sanciones previstas por los artículos 58 y 59 de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Durango?, establece la dependencia dictaminadora.

Hay dependencias omisas en la designación del servidor público responsable de la información creada, administrada en poder de las dependencias u organismos obligados por la Ley de Acceso a la Información Pública.

En el primer informe de labores, que entregó el 15 de marzo al Congreso del Estado la presidenta de la CAIPED, Leticia Aguirre Vázquez, señala que la designación de estos servidores públicos facilita en gran medida los procedimientos de acceso a la información.

Asimismo lo considera como el vínculo entre la dependencia pública y los solicitantes de información. De ahí que la Comisión destaque la capacitación de dichos funcionarios en la materia, y continúe exhortando a los entes públicos que no han dado cumplimiento a la designación correspondiente, para que la lleven a cabo.

1 recurso de revisión dictaminado por la CAIPED

Leer más de Durango

Escrito en:

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Durango

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Clasificados

ID: 146160

elsiglo.mx