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PGR no procederá aún contra los 'chocolates'

CUAUHTÉMOC TORRES ALVARADO

Onappafa|La Procuraduría está a la espera de la notificación de la Federación.

EL SIGLO DE TORREÓN

La Suprema Corte de Justicia tifipificó el delito como contrabando.

TORREÓN, COAH.- La Procuraduría General de la República (PGR) delegación Coahuila, no ha recibido notificación alguna de la Federación, para proceder contra los conductores o propietarios de vehículos extranjeros, luego que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tipificara el delito como contrabando.

El director de Comunicación Social de la PGR, José de Jesús Quintana, fue moderado al señalar que se debe esperar a la publicación de la nueva Ley del Código Fiscal de la Federación, para actuar contra quien porte un automóvil de procedencia extranjera.

Añadió que la dependencia federal cuenta con el suficiente personal y equipamiento para proceder contra los ?chocolates?, con la colaboración de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a través de la Policía Fiscal.

Agregó que las detenciones que llegue a realizar alguna de las dos dependencias, debe ser en plena flagrancia, solicitar los documentos que acrediten la legal estancia de la unidad, de lo contrario se emprenderá la aprehensión.

En el Código Fiscal de la Federación se establece que esta conducta, aunque se presuma la comisión del delito de contrabando, también señala que dicha presunción no es absoluta.

José de Jesús Quintana mencionó que en caso de recibir la notificación, actuarán bajo el marco de la legalidad.

Cuestión política.

En la subdelegación de la PGR en Gómez Palacio, extraoficialmente se informó que ningún agente del Ministerio Público de la Federación ha recibido instrucción respecto al posible ejercicio de la acción penal, contra los propietarios o conductores de autos internados ilegalmente al país.

?Es una cuestión más política, no creo posible que se incauten tantos vehículos, además hay que considerar si se va actuar sólo con los de determinado modelo?, señaló uno de los funcionarios que prefirió omitir su nombre.

Cuestionado sobre a qué dependencia le correspondería actuar contra los propietarios de los autos ?chocolates?, el agente dijo que serían todas las corporaciones federales, junto con las estatales y municipales.

Ley apacible.

El Artículo 102, señala que comete el delito de contrabando quien introduzca al país o extraiga de él mercancías:

I. Omitiendo el pago total o parcial de las contribuciones o cuotas compensatorias que deban cubrirse.

II. Sin permiso de autoridad competente, cuando sea necesario este requisito.

III. De importación o exportación prohibida.

El Artículo 103, dice que se presume cometido el delito de contrabando cuando:

II. Se encuentren vehículos extranjeros fuera de una zona de veinte kilómetros en cualquier dirección contados en línea recta a partir de los límites extremos de la zona urbana de las poblaciones fronterizas, sin la documentación a que se refiere la fracción anterior.

En el Artículo 104, aparece que el delito de contrabando se sancionará con pena de prisión:

I. De tres meses a cinco años, si el monto de las contribuciones o de las cuotas compensatorias omitidas, es de hasta 500 mil pesos, respectivamente o, en su caso, la suma de ambas es de hasta de 750 mil pesos.

II. De tres a nueve años, si el monto de las contribuciones o de las cuotas compensatorias omitidas, excede de 500 mil pesos, respectivamente o, en su caso, la suma de ambas excede de 750 mil pesos.

FUENTE: Código Fiscal de la Federación

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