Asegura el ministro de la SCJN, Juan Díaz Romero, que ninguna Ley puede violentar las Garantías Individuales
Torreón, Coah.- Que se reforme la Constitución, para establecer el arraigo penal como una medida legal, propuso Juan Díaz Romero, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al termino de su conferencia, en el marco de la Semana Jurídica, inaugurada en el recinto del Poder Judicial de la Federación.
Para el integrante de la SCJN, es claro que ninguna Ley puede violentar las Garantías Individuales de los mexicanos, y señaló, que el papel del Ministerio Público, es el de investigar primero y luego solicitar la orden de aprehensión para detener a un presunto responsable, y no al revés, como se hace mayormente en la práctica.
Antes del anuncio, el abogado, egresado de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), titulado en 1965, mencionó de nueva cuenta, que no sabía de la conveniencia o no conveniencia de la figura del arraigo, tal como lo hizo el pasado 19 de septiembre, al declararse anticonstitucional tal medida.
Díaz Romero, señaló, que en el caso del Código de Procedimiento Penales del estado de Chihuahua, el artículo 122 bis, que habla del arraigo, es muy similar al mismo código de la Federación, al cual representantes sociales y jueces, están sujetos en sus respectivas entidades.
Ministro de la SCJN desde 1986, dijo que previo a la resolución definitiva, hubo muchas razones de debate sobre la impugnación de la Ley contra la Constitución, para luego citar fragmentos del artículo 16 de la Carta Magna.
?Solo en casos urgentes, cuando se trate de delito grave así calificado por la Ley y ante el riesgo fundado de que el indiciado pueda sustraerse a la acción de la justicia, siempre y cuando no se pueda ocurrir ante la autoridad judicial por razón de la hora, lugar o circunstancia, el Ministerio Público podrá, bajo su responsabilidad, ordenar su detención, fundando y expresando los indicios que motiven su proceder?.
El presidente de la SCJN en 1995, agregó el párrafo que señala: ?en casos de urgencia o flagrancia, el juez que reciba la consignación del detenido deberá inmediatamente ratificar la detención o decretar la libertad con las reservas de Ley?; de tal forma, se deja en claro la facultad del Ministerio Público, para ordenar las detenciones fundadas, como puede ser en el caso del arraigo, ya dentro de un marco Constitucional.
Antecedente
Como se informó en su oportunidad, la resolución del máximo tribunal, prevé que luego de surgir la jurisprudencia, con cinco casos similares, vía amparo, en corto tiempo, se harán modificaciones a las legislaciones estatales y federales del fuero penal, para dejar fuera la figura del arraigo.
Sobre la declaratoria de anticonstitucionalidad del Artículo 122 bis, del Código de Procedimientos Penales de Chihuahua, que fue impugnada por la minoría parlamentaria de esa entidad, el ministro, Díaz Romero, sostuvo que la decisión del pleno compete "exclusivamente" a la legislación de Chihuahua.
?Como un serio problema para las procuradurías?, califica la medida, Óscar Calderón Sánchez, procurador de Justicia en Coahuila. Para los defensores de los Derechos Humanos, como David Omar Sifuentes Bocardo, la acción ?fue un acierto?.
Por su parte, Octavio Alberto Orellana Wiarco, académico y autor en Derecho Penal, sugiere que se analice la manera en que se está regulando la medida de arraigo, y reconoce que la forma actual, contraviene la Constitución.
Semana Jurídica
La Casa de la Cultura Jurídica (CCJ) en Coahuila, son sede en Torreón, inauguró la Semana Jurídica, con la firma de un convenio con la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y una conferencia del magistrado Juan Díaz Romero.
Raúl Castellano Jiménez, es el nombre la CCJ local, y fue asignado en memoria del que fueran integrante de la SCJN. En su intervención, Díaz Romero, resaltó a Coahuila, como entidad prolífica, en cuanto a integrantes de la Suprema Corte, a través de los años.
En su discurso, el Ministro también resaltó los avances de la SCJN, en cuanto al papel de arbitraje que le toca desarrollar en diferentes casos, donde los diferentes niveles de Gobierno, tienen la necesidad de acudir a la Ley, para reclamar lo que consideran justo.
Sobre la CCJ, se dio a conocer que en la práctica, tiene por objeto establecer un vínculo entre el Máximo Tribunal de Justicia en el país, las instituciones y ciudadanos del Estado, mediante el cumplimiento de diferentes propósitos.
Entre los objetivos destaca el apoyar en materia de información jurídica a los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación, fomentar la cultura jurídica en la comunidad, propiciar la investigación y el estudio.
Así como apoyar el desarrollo y la preparación académica en el ámbito jurídico y de las ciencias afines, ampliar el conocimiento, entre la población, de las labores de los órganos del Poder Judicial de la Federación, organizar eventos culturales y académicos para difundir el conocimiento de la ciencia jurídica.
Entre otras actividades esta el apoyar los programas o proyectos sociales de la SCJN, colaborar con las barras, colegios y asociaciones de bogados y otras instituciones, para poner a su disposición la información jurídica que resguarda la Casa y ofrecer los servicios que brinda.
Servicios
La Casa de la Cultura Jurídica ofrece a los funcionarios del Poder Judicial de la Federación y al público en general los siguientes servicios de información jurídica de forma gratuita:
Consulta en sala de los siguientes acervos documentales y electrónicos
Archivo Histórico y Semiactivo
Biblioteca especializada en materia Jurídica
Hemeroteca
Red Jurídica Nacional
Discos Ópticos editados por la SCJN
Páginas Jurídicas en Internet
FUENTE: www.ccj.scjn.gob.mx