Tardará el MP alrededor de diez días para analizar el expediente con 12 mil fojas del desafuero de López Obrador para después solicitar la orden de aprehensión ante un juez del DF.
MÉXICO, D.F., (SUN-AEE).- El ex jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador no podrá realizar ningún acto de proselitismo, encabezar marchas o convocar a conferencias de prensa, en caso de ser sujeto a un proceso penal, ya que si un juez federal le dictara un auto de formal prisión de inmediato se suspenderían sus derechos civiles y políticos.
Así lo indicó Carlos Javier Vega Memije, subprocurador de Delitos Federales de la Procuraduría General de la República (PGR), quien detalló que el Ministerio Público se tomará alrededor de diez días para analizar el expediente con 12 mil fojas que le regresará la Cámara de Diputados, para después solicitar la orden de aprehensión ante un juez del Distrito Federal.
"No haremos una consignación sobre las rodillas", indicó, por lo que dijo que alrededor del 20 de abril se podría remitir la averiguación previa para que a finales de este mes se cuente ya con la resolución de un juez sobre si concede o no la orden de aprehensión contra López Obrador, quien ya oficialmente ha
dejado de ser jefe de gobierno para la PGR.
En entrevista, Vega Memije detalló que en el caso de que se conceda el mandato judicial en contra de López Obrador, éste perderá sus derechos políticos sólo hasta que se dictara una formal prisión en su contra, y a partir de ese momento estaría
imposibilitado para realizar cualquier acto proselitista.
"No puede tener ninguna actividad", expuso, ni siquiera enviar las cartas que asegura remitirá desde la prisión para mantenerse en contacto con la gente, pues la ley es muy clara en la suspensión de derechos de los inculpados sujetos a proceso.
Respecto al recurso de controversia constitucional que presentarán este mismo viernes los diputados de la Asamblea Legislativa ante la Cámara de Diputados para que López Obrador
pueda regresar al cargo, Vega Memije indicó que la única forma en que podría regresar a su cargo es que un juez lo exonere del delito de desobediencia equiparable al abuso de autoridad, ya que presuntamente no acató una suspensión provisional concedida a los dueños del predio "El Encino".
El subprocurador indicó que la medida de los legisladores locales "jurídicamente es una opción", pero consideró que la Corte no tiene ni siquiera porqué darle entrada al recurso, ya que él no es gobernador y el artículo 111 de la Constitución que pretenden hacer valer los legisladores sólo se aplica en esos casos.
Mencionó que en el caso de que la Corte admitiera resolver el recurso, esto jurídicamente no tendrá de momento ningún efecto y López Obrador tendría que seguir separado de su cargo, por lo que no puede ejercer ninguna función como funcionario, sus actos no tendrían validez e incluso podría incurrir en delitos como
usurpación de funcione.
Vega Memije no descartó que incluso el recurso de los legisladores pueda servir para que ante el rechazo de la Corte, se utilice como un argumento para sostener que las autoridades atacan al ex jefe de gobierno, cuando legalmente la controversia no podría ser admitida, señaló.