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Presentan denuncia penal contra Anaya

Leopoldo Ramos

Acusan al alcalde de alterar la tasa de cobro del Impuesto Predial.

El Siglo de Torreón

SALTILLO, Coah.- La Procuraduría General de Justicia del Estado radicó una denuncia penal en contra del alcalde de Torreón, Guillermo Anaya Llamas, quien presuntamente alteró la tasa de cobro del Impuesto Predial.

La querella la presentó el torreonense Juan Manuel Cepeda Rodríguez, quien presentó como pruebas los recibos de cobro expedidos por el Ayuntamiento de Torreón y el Decreto número 345 del Ejecutivo Estatal, donde se especifican los topes catastrales para el municipio, autorizados por el Congreso Estatal.

?Al llegar a mis manos el Decreto 345 publicado por el Ejecutivo de fecha 31 de diciembre del año pasado, me percaté que los cobros que fueron hechos son mayores, es decir, los cobros se realizaron tomando en cuenta una rasa superior a la aprobada por el Congreso?, señaló en la denuncia -cuya copia está en poder de este diario-.

La querella depositada en el Ministerio Público es por el delito de Concusión, que además de la aplicación de una multa y la inhabilitación del servidor público que lo haya hecho, establece una pena privativa de la libertad que va de seis meses a cinco años.

Además de proceder pe-nalmente en contra de Guillermo Anaya Llamas, el denunciante pidió al Ministerio Público vincular de inmediato el caso al Congreso Estatal, a fin de que se declare la procedencia del juicio de desafuero en contra del presidente municipal de la ciudad de Torreón.

El delito

El Código Penal del Estado califica así el delito de Concusión:

Artículo 207.- Sanciones y figura típica de Concusión. Se aplicará prisión de seis meses a cinco años; multa de una quinta parte a un tanto de lo que se reclamó o exigió; destitución de empleo o cargo e inhabilitación hasta por cinco años para obtener otro: al servidor público que con tal carácter reclame a título de ingreso sabiendo que no lo es, dinero, valores, servicios o alguna cosa; o los exija en mayor cantidad de la que señale la Ley.

Si lo que reclamó o exigió aprovecha a quien intervino o a un tercero; la pena de prisión será de uno a nueve años y la multa de la mitad a tres tantos del provecho que obtuvo.

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