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Pretende SHCP limitar a contadores públicos

Agencias

MÉXICO, DF.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) envió una iniciativa al Congreso para obligar a los contadores que dictaminan a no otorgar asesoría fiscal a sus clientes, lo que limitaría la libertad del ejercicio de esta profesión, advirtió el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).

En la propuesta del Ejecutivo enviada al Congreso el cinco de septiembre, se prevén estos cambios a los artículos 52 y 52 B del Código Fiscal de la Federación (CFF), que de acuerdo con diversos expertos atentan contra el ejercicio de la contaduría.

?Prácticamente no podríamos dar ninguna asesoría fiscal, porque en ese momento según la autoridad no hay independencia y en consecuencia se cancela el registro?, señala.

Habría una imposibilidad práctica de poder ejercer libremente la profesión?, alertó el presidente del organismo cúpula de los contadores, Pablo Mendoza.

Según la iniciativa del Ejecutivo, no existiría independencia cuando el contador público o la persona moral de la que el contador sea socio o integrante perciba más del 10% de sus ingresos en el ejercicio del cliente al que dictamine y asesore, explicó el presidente de Estudios Fiscales del Instituto Mexicano de Ejecutivos en Finanzas, Carlos Cárdenas.

Agregó que también se considerará sin independencia al contador en el caso de que lleve a cabo funciones de administración, asesoría en materia fiscal o representación legal, valuaciones o servicios actuariales, respecto de la persona por la que se formule el dictamen o declaratoria o de una parte relacionada de ésta.

?El que va a auditar, finalmente va a estar inhabilitado en sus cualidades o habilidades en materia fiscal?, dijo por su parte el experto fiscal de PricewaterhouseCoopers, Pedro Carreón.

Mendoza consideró que estos cambios que pretende el fisco para 2006 ya están regulados en la fracción II del artículo 52 del CFF actualmente en vigor, el cual establece que el dictamen se formule conforme a las normas de auditoría que regulan la capacidad, independencia e imparcialidad profesional del contador público.

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