Compensarían en parte los 300 mdp que se dejarán de recibir de excedentes petroleros
El Siglo de Durango
Propone el Gobierno del Estado en la iniciativa de Leyes de Ingresos y Egresos del 2006 un incremento en la tasa del Impuesto Sobre Nómina (ISN) del 1.1 al 2 por ciento; dicha medida tiene como argumento la reducción de 300 millones de pesos (mdp) por concepto de los excedentes del petróleo.
Con este incremento se estima que el erario estatal captará 70 mdp, los cuales serán utilizados para realizar obras de infraestructura económica.
El recién nombrado presidente del Centro Empresarial Durango (Coparmex), Francisco Quiñones Gallardo, comenta que todo aumento en los impuestos implica una carga adicional para las compañías, ya que los obliga a ser más competitivos para que no afecte el precio de su producto.
Y aunque dice que aún no conoce a fondo la propuesta de la autoridad estatal, manifiesta que su interés es que dicho capital sea utilizado para el propio crecimiento de los negocios.
Según da a conocer la Secretaría de Finanzas y de Administración, la propuesta al aumento al ISN se determinó tras un análisis fiscal y una ronda de consulta con empresarios y representantes de los organismos camarales de la iniciativa privada en Durango y la Comarca Lagunera.
La dependencia presidida por Jorge Herrera Caldera comunica que el monto de lo recaudado por este impuesto en el 2006 se aplicará en obras de infraestructura económica, que además impactarán en la generación de empleos.
La iniciativa ha sido entregada al Congreso local y falta el punto de vista de los diputados, quienes habrán de discutir la ley en los próximos días.
La Secretaría en mención notifica que dentro de las razones por las que se considera este incremento figura, como se ha dicho anteriormente, el nuevo régimen fiscal de Petróleos Mexicanos, razón por la cual la entidad dejará de percibir 300 mdp, lo cual reducirá a la mitad la capacidad de financiamiento para obra pública.
Esto se debe a que el 50 por ciento de los recursos para este concepto provenían de las aportaciones de los excedentes petroleros.
Con la tasa del 2 por ciento en el ISN Durango se homologará con más de 25 entidades federativas que ya la han implementado.
Conforme a los datos proporcionados por Finanzas del Estado, Coahuila, Puebla y Tabasco tiene el ISN con una tasa del 1 por ciento, luego le sigue Durango con el 1.1 por ciento; Chiapas y Sinaloa se encuentran con el 1.5 por ciento; México se ubica con el 2.5 por ciento y Chihuahua con el 2.6 por ciento.
Quiñones Gallardo define que debido a que apenas entró en funciones al frente del sector empresarial, desconoce a ciencia cierta la propuesta del Ejecutivo estatal; sin embargo, recalca que su petición es que este dinero sea utilizado en pro del sector patronal.
Cabe mencionar que hace algunos días atrás, el dirigente del sindicato patronal declaró que el ISN no debe ser utilizado de manera discrecional por el Gobernador en turno sino en beneficio de aquellos que contribuyen.
Normatividad
Deberes patronales
-Artículo 2
Son objeto del Impuesto Sobre Nómina los pagos que se hagan en dinero o en especie por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado, prestado dentro del territorio del estado, bajo la dirección y dependencia de un patrón, independientemente de la designación que se les otorgue.
-Artículo 4
Es base del Impuesto Sobre Nómina el monto total de los pagos por renumeraciones a que se refiere el artículo 2 de este capítulo, para cuya determinación se integrará con lo siguiente:
Con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, comisiones, premios, gratificaciones, percepciones, anticipos, rendimientos, alimentación, habitación, primas dominicales, vacacionales y de antigüedad, horas extras, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se le entregue al trabajador por sus servicios.
-Artículo 6
El impuesto se causará en el momento en que se efectúen los pagos a que se refiere el artículo 2 de este capítulo, y se enterará a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquél en que se causó.
FUENTE: Ley de Hacienda del Estado de Durango. Título Segundo de los Impuestos. Capítulo I. Del Impuesto Sobre Nómina.