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Ratifican culpabilidad de Medina Millet

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MÉXICO, DF.- La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le negó un amparo a Armando Medina Millet, por lo que tendrá que cumplir 20 años de sentencia por el homicidio de su esposa Flora Ileana Abraham Mafud, cometido el 15 de noviembre de 1995.

Con dos votos a favor y tres en contra se rechazó la propuesta del ministro Sergio Valls Hernández de otorgarle la protección contra actos de la autoridad judicial a Medina Millet para anular la sentencia que le dictó el Tribunal Superior de Justicia de Yucatán.

Los ministros que votaron en contra fueron José Ramón Cossío, Juan Silva Meza y Olga Sánchez Cordero, mientras que a favor de anular la sentencia se pronunciaron Sergio Valls Hernández y José de Jesús Gudiño Pelayo.

Los ministros que rechazaron el proyecto de amparo coincidieron en que la muerte de Flora Ileana Abraham Mafud no fue suicidio, sino homicidio.

La ministra Olga Sánchez Cordero consideró que el homicidio queda comprobado, entre otras cosas, porque la blusa de la occisa no presenta quemamiento, lo cual demuestra que no se trató de un disparo de contacto, sino que éste se realizó a distancia.

Además, dijo, los hematomas que presentaba la víctima son signos inequívocos de que hubo violencia previa a la muerte.

El ministro José Ramón Cossío indicó que las pruebas demuestran que Medina Millet es responsable de los hechos y por eso se pronunció a favor de negarle la protección constitucional al quejoso.

En su oportunidad Juan Silva Meza aseveró que el homicidio está plenamente acreditado, y que la sentencia que se le dio a Armando Medina Millet no viola las garantías constitucionales del homicida.

En su proyecto de amparo, Sergio Valls Hernández, al igual que el ministro José de Jesús Gudiño Pelayo indicaron que hubo manipulación de los objetos de prueba, lo cual violó las garantías individuales del inculpado, por lo que se pronunciaron a favor de que se anulara la sentencia.

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