Emite la SCJN un criterio para que antes de que un niño testifique en el juicio de divorcio de su progenitores sea analizada la conveniencia de dicho testimonio.
MÉXICO, D.F., (EL UNIVERSAL-AEE).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un criterio que ayudará a evitar que un niño testifique en el juicio de divorcio de sus padres, cuando exista el riesgo de que sufra algún daño psicológico.
El alto tribunal estableció que antes de que un niño rinda testimonio en el juicio de divorcio de sus padres debe revisarse la conveniencia de que lo haga, porque tendrá que declarar sobre los problemas que enfrentaron sus progenitores en el matrimonio.
Y dichos problemas pueden estar relacionados con casos de "bigamia, perversión física o moral de cualquiera de los cónyuges, abandono, amenazas, injurias, calumnias, vicios como el juego, embriaguez y drogadicción, violencia familiar o
tortura psíquica".
En ocasiones, durante el juicio de divorcio, el papá o la mamá de un menor, piden el testimonio de su (s) hijo (s) para probar las acusaciones que formularon en contra de su pareja.
En este tipo de casos, en los que un juez civil admite y ordena que un menor de edad rinda testimonio en el juicio de divorcio de sus padres, la SCJN estableció que se puede promover un juicio de amparo para evitar la declaración del niño hasta que se revise la conveniencia de que el niño testifique.
El juicio de amparo lo podrá promover el papá o la mamá que esté en desacuerdo con que el menor rinda su testimonio.
Los cinco ministros de la Primera Sala de la SCJN, de manera unánime, establecieron que "la salud psicológica de los menores es una garantía individual protegida por el artículo Cuarto constitucional y la Convención de los Derechos del Niño -signada por el Estado mexicano-, susceptible de protección mediante el
juicio de amparo".
Por tal motivo emitieron una tesis jurisprudencial que será obligatoria para todos los jueces del país, mediante la cual estableció que "sí procede el juicio de amparo para revisar la conveniencia de que los menores testifiquen en el juicio de divorcio de sus padres".
Los ministros de la Primera Sala determinaron que "testificar en esa circunstancia puede causar daño psicológico de imposible reparación al menor".
"Desde que se presenta en la familia el proceso de divorcio -consideraron los ministros- los hijos de la pareja pueden de por sí presentar padecimientos como depresión, inestabilidad social, trastornos de identidad e imagen, ansiedad, tensión,
desesperación, sentimiento de culpabilidad, aislamiento, hostilidad e, incluso, enfermedades psicosomáticas".