(Segunda de dos partes)
LA FUNDACIÓN DE VIESCA, COAHUILA
Una vez hechos el nombramiento de las autoridades de los de la república del Álamo, el citado alcalde Basterra, notificó a los nuevos funcionarios sus respectivos cargos, quienes ?habiendo oído y entendido dijeron que aceptaban y aceptaron los empleos a que han sido electos y juraron por Dios Nuestro Señor y la señal de la Santa Cruz en forma de derecho, que les recibí a cada uno de por sí, de usar bien y fielmente en sus empleos y que atenderán y mirarán con la mayor conservación de su pueblo y alivio de sus pobladores...?.
Inmediatamente ?yo el dicho juez, habiendo entregado las varas al gobernador y justicias de este pueblo, pasamos al Álamo en donde estaba una cruz puesta con todo adorno sobre una mesa, la cual cogiendo en las manos el licenciado don Manuel de Valdés, cura beneficiado por Su Majestad, del pueblo de Santa María de las Parras y su jurisdicción, la entregó a uno de los pobladores llamado Francisco Xavier de Alvarado, y en procesión con repique de campanas, cantando la letanía se llevó a la iglesia en donde habiéndola vuelto a coger el dicho licenciado, la puso sobre el altar e inmediatamente que se acabó la letanía, dijo misa cantada con toda solemnidad, con la asistencia de la capilla de los músicos de Parras, todo lo cual se hizo en señal de verdadera posesión y en fe de ello, yo dicho alcalde mayor y juez, lo firmo con los testigos de mi asistencia, con quienes actúo por receptoría como dicho es. Prudencio de Basterra. Testigo, Sebastián de Acuña. Testigo, Joseph Rafael de Alvarado?.
Fue hasta tres días después de aquel gran acontecimiento de la fundación de San José de Gracia y Santiago del Álamo, esto es el 28 de julio de ese año, cuando don Prudencio de Basterra ordenó que se viese y reconociese el mejor sitio y el más conveniente que considerasen los nuevos pobladores para hacer el asiento del nuevo pueblo y se procedería a señalar a cada familia su lote para casa, corral y huerta, ?procurando su repartimiento en la mejor disposición que se pudiese para rechazar cualquier invasión que intenten los indios enemigos, y a esta diligencia mando me acompañe el gobernador y cabildo de este pueblo para que con acuerdo de todos se ejecute y luego así mismo se pasen a entregarles por cada viento, tierras que por razón del pueblo se reconociere necesitan para sus siembras y pastos de ganado...?.
Fue el día treinta de ese mes de julio de 1731, cuando el alcalde Basterra, con la asistencia del gobernador, el cabildo del pueblo del Álamo y otra mucha gente encontraron el sitio más adecuado para hacer el asiento del mismo y para proceder al reparto de las tierras entre los pobladores, para que edificaran sus casas y labraran sus huertas. Para ello se ejecutó la medida de la plaza, dando a cada cuadra o acera doscientas y sesenta y cuatro y media varas; en la cuadra del oriente se señaló el lugar para las casas reales, casas de comunidad y cárcel; hacia el sur y con las mismas medidas que el anterior se entregó un lote al gobernador Fernández de Barraza; estas propiedades lindaban con la calle que daba con el cementerio de la iglesia por el poniente; y en las tres cuadras restantes de la plaza se dio acomodo a las tierras de los del Cabildo. Y a partir de allí se fueron repartiendo los demás terrenos entre el resto de los pobladores, siendo cada uno de ciento treinta y dos varas y cuarto de ancho por doscientas y cuatro y media varas de largo. Junto a la iglesia se le señaló al licenciado Manuel de Valdés, cura beneficiado del pueblo, un terreno para casa, huerta y corral con las mismas medidas que a los demás.
Al día siguiente, 31 de julio, las mismas autoridades, procedieron a la mesura de lo que serían las tierras de los pobladores para que hiciesen sus cultivos y les sirviesen para el pastoreo de su ganado. Para lo cual se daría una legua por cada viento y para ello se tiraría un cordel de cincuenta varas usuales. Se principió por el viento del poniente, empezando en donde terminaban las casitas que se situaban atrás de la iglesia y al final se colocó mojonera que colindaba con el camino que iba hacia los Hornos, quedando el ojo de Juan Guerra en el centro de dicha medida. En los siguientes dos días, uno y dos de agosto, se hicieron las mediciones de los otros vientos, tomando como punto de referencia la mitad del sitio señalado como plaza y el día tres, el gobernador y cabildo de los naturales pidieron a Basterra, que se les diese posesión judicial de las tierras que se han medido ?para reentregar a su pueblo las que como tal le pertenecen y sin embargo de estar en posesión de ellas por el mismo hecho de las diligencias hechas por mi dicho juez, pidieron me sirviese dárselas y yo dicho alcalde mayor y juez, mando se les dé...?.
Y en dicho día, mes y año (tres de agosto de 1731), ?yo dicho alcalde mayor y juez en cumplimiento del auto antecedente, fui a las dichas tierras y en nombre de su majestad, puse en posesión al dicho gobernador don Simón Fernández de Barraza, de todas ellas y de las aguas que comprenden dentro de las cuatro mojoneras, paseándole por la mano, el cual arrancó hierbas, tiró piedras, saco y bebió agua del ojo de Juan Guerra, todo lo cual era en señal de verdadera posesión, en nombre del común de su pueblo y de cómo todo lo referido se ha hecho quieta y pacíficamente sin contra alguna, pidió testimonio para en guarda del derecho de dicho pueblo, y yo dicho alcalde mayor y juez, mando se les entreguen originales de estas diligencias... en virtud de la comisión que me dio su señoría para despacho del veintiséis del mes de febrero próximo pasado de este presente año en la villa de San Felipe el Real, así lo proveo y mando... Prudencio de Basterra. Testigo, Sebastián de Acuña. Testigo, Joseph Rafael de Alvarado?.
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