Hace dos semanas fue removido el general procurador general de la República, Rafael Macedo. Causaron baja inmediatamente después de su despido, dos de sus más cercanos colaboradores, el subprocurador Alejandro Ramos, militar como el ya ex procurador y responsable del área jurídica y de relaciones internacionales y Carlos Javier Vega Memije, que se encargaba de las investigaciones sobre delitos federales y previstos en leyes especiales.
Quién sabe en cuál de ellas se encontró fundamento para inhabilitar políticamente al jefe de Gobierno Andrés Manuel López Obrador, en una maniobra cuyo freno significó la caída de sus impulsores. Quince días es un tiempo en exceso breve para demandar resultados al nuevo procurador Francisco Daniel Cabeza de Vaca. Ya produjo el que de inmediato debía generar, en acatamiento de la instrucción perentoria del presidente Fox, y se anunció que estaba en consulta la determinación de no ejercer acción penal contra Andrés Manuel López Obrador.
Quizá el aviso debió ocurrir al concluir la consulta, desahogada que fuera por el subprocurador Carlos Aguilar Suárez. Y quizá transcurrió demasiado tiempo para ese trámite. Indispensable para que el trascendental anuncio se consume y adquiera fuerza legal. La atribución correspondiente, prevista en el reglamento de la Ley orgánica de la PGR (fracción V, artículo 13) no está sujeta a término. Dice al respecto ese texto legal que los subprocuradores están facultados para “autorizar en definitiva el no-ejercicio de la acción penal, previo dictamen del agente del ministerio público de la Federación, auxiliar del procurador.
Y dice también que la determinación de no ejercer acción penal “deberá notificarse a la víctima u ofendido de conformidad con las disposiciones aplicables”. Sí hay plazo, en cambio, para que el titular de la PGR, si es instado a ello, diga la última palabra al respecto. El artículo 133 del Código federal de procedimientos penales establece que “el denunciante, el querellante o el ofendido podrán ocurrir al procurador general de la República dentro del término de quince días, contados desde que se les haya hecho saber esa determinación, para que este funcionario, oyendo el parecer de sus agentes auxiliares decida en definitiva si debe o no ejercitarse la acción penal”.
Contra esa resolución no cabe recurso alguno. Obviamente, Cabeza de Vaca no sustituyó a Macedo sólo para ocuparse del asunto de López Obrador ni sólo a causa de la sucesión de dislates cometidos en la PGR en torno de ese caso.
Hay muchas áreas frágiles en la oficina del abogado de la nación y debilidades notorias en la realización de sus tareas. Una que merece especial atención pública y seguramente la tendrá del nuevo procurador es la frecuencia de los casos en que la justicia federal desestima las acusaciones del ministerio público. Es normal que un fiscal no pueda siempre concluir con éxito sus averiguaciones o durante los procesos presentar pruebas contundentes.
Pero cuando eso ocurre en casos sobresalientes y donde además hay evidencia lateral sobre la responsabilidad de los acusados, puede tratarse de acusaciones deliberadamente endebles en beneficio del acusado. Uno de esos casos acaba de ocurrir.
El juez duodécimo de distrito en materia penal, Juan José Olvera López —que adquirió celebridad súbitamente al rechazar el pedido de orden de comparecencia contra López Obrador, solicitada por la PGR— puso en libertad al general Francisco Quirós Hermosillo, acusado por delitos contra la salud, es decir por narcotráfico. El militar no saldrá de la prisión en el Campo Militar Número uno en que se halla, porque se le sigue otro proceso, por el homicidio de 22 campesinos en Guerrero, durante los años de la Guerra Sucia. Pero ha sido exonerado de la acusación de haber servido al clan de los Carrillo Fuentes, de los que habría recibido importantes sumas de dinero. Quirós Hermosillo y su compañero, el también general Mario Arturo Acosta Chaparro habían sido juzgados en el fuero de guerra por delitos cercanos a éste y fueron sentenciados en consejo de guerra hace dos años. Ese expediente, que fue la base para sentenciar a Quirós Hermosillo a 16 años de prisión, fue utilizado también para la acusación que ha recibido este revés.
Aunque no se trata de los mismos hechos ni de la misma averiguación, el diferente resultado en un u otro caso no puede pasar inadvertido. La vinculación de Macedo con las Fuerzas Armadas generó una zona de ambigüedad en el abordamiento de casos en que estaban involucrados militares, ya que él mismo había sido procurador del fuero castrense en el sexenio pasado. Revisar la posición y la actuación de miembros del Ejército en la PGR es otra de las tareas urgentes en la nueva administración. Causó baja el coronel Félix Peralta, director de la unidad especializada en investigar delitos contra los derechos de autor y la propiedad industrial, que apenas nueve meses atrás había asumido ese cargo.
Se supone que podría ser el principio de “desmilitarización” de la PGR, un extremo demandado por sectores de la sociedad civil. Apenas el martes el Centro de derechos humanos Miguel Agustín Pro Juárez, en un planteamiento dirigido a los gobiernos federal y capitalino demanda en su primer punto “nunca más de un militar invadiendo tareas civiles”. Se recuerda que el presidente Fox propuso ese objetivo en su campaña. no obstante lo cual “hasta hoy no ha existido una estrategia gradual” para lograr ese fin.