Casi 50 clientes de ?El Cargador? fueron atendidos en el IMSS al haber comido mariscos en la vía pública
El Siglo de Durango
Cerca de 50 personas resultaron intoxicadas al consumir alimentos presuntamente en mal estado en el establecimiento denominado ?El Cargador? que se ubica en plena vía pública, sobre el bulevar Felipe Pescador, entre Ramírez y Zarco, se informó en el Instituto Mexicano del Seguro Social.
De acuerdo a la información obtenida ayer, entre el 4 y 5 de noviembre del año en curso arribaron a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) 44 del IMSS cerca de 50 personas que presentaban una intoxicación leve por comer camarones en el establecimiento ?El Cargador?.
Violeta Díaz Rodríguez, coordinadora de Comunicación Social da a conocer dicha información y comenta que la tarea de la unidad médica del IMSS es enviar un reporte epidemiológico a la Secretaría de Salud (Ssa) para que tome las medidas correspondientes e investigue la situación.
También revela que en lo que compete al Hospital General de Zona Uno tenían el reporte de ocho casos de derechohabientes que presentaban los mismos síntomas por la ingesta de mariscos, no obstante, se ignora si también comieron en el citado establecimiento. Sin embargo, días antes ya tenían el antecedente de una persona que sí lo hizo y del mismo modo se intoxicó.
La responsable de comunicación social de la delegación del IMSS establece que los afectados fueron atendidos con suero y antibiótico. Dado que su estado de salud no era grave, fueron retornados a sus hogares según los reportes del servicio de Atención Médica Continúa de la UMF 44, es decir, urgencias.
Ayer los inspectores municipales realizaron un muestreo de los alimentos ofertados en este lugar y remitieron el producto a la Dirección Municipal de Salud Pública.
Adolfo Sánchez Nevárez, encargado de la Coordinación de Inspección Municipal se justificó al decir que no recibieron queja alguna en contra de este negocio y que no tenían datos comprobados de gente afectada por comer en ese sitio que se encuentra en la vía pública. Como una medida preventiva, dijo, realizaron el operativo dentro del campo de su competencia.
El funcionario del Ayuntamiento complementa que la facultad para actuar en este tipo de problemáticas es de la Secretaría de Salud y en lo que concierne al área que dirige, se enfocan de manera principal a vigilar la actividad económica.
Juan José Herrera Hernández, director de Salud Pública Municipal declara que se debe esperar el resultado del análisis practicado a los alimentos, acción que corre a cargo de la Subsecretaría de Protección contra Riesgos Sanitarios de la Ssa.
Sánchez Nevárez indica que si se confirma algo oficialmente se puede llegar a suspender la actividad del negocio con el respaldo de una orden por parte del juez administrativo.
Herrera Hernández asegura que continuarán con las verificaciones a los distintos vendedores de comida ya que se trata de una actividad ordinaria dentro de su plan de trabajo.
Flagrantes violaciones
El tabarete denominado ?El Cargador? desde hace tiempo viola normativas municipales y ninguna autoridad parece darse por enterada.
CAPÍTULO XIV
De las actividades económicas en la vía pública y áreas de uso común.
ARTÍCULO 123.- Queda prohibida la instalación de vehículos, casetas o puestos fijos, semifijos o ambulantes sobre los camellones de las vialidades; sobre el área de los cruces peatonales y vehiculares de cualquier vialidad.
ARTÍCULO 126.- Tratándose de las actividades económicas en la vía pública y áreas de uso común en los que se expandan cualquier clase de alimentos de consumo inmediato o para llevar, deberán presentar en un plazo de 7 días hábiles contados a partir del día siguiente al del otorgamiento del permiso, el certificado de salud expedido por la Dirección Municipal responsable de atender la salud pública, debiendo cumplir además con los siguientes requisitos:
- Usar la vestimenta que la autoridad municipal sanitaria determine.
- Observar permanentemente una estricta higiene personal.
- Portar su tarjeta de salud actualizada.
- Mantener en condiciones optimas e higiénicas la instalación, el espacio y los enseres que utilicen.
- Y los demás que determinen las disposiciones legales aplicables.
FUENTE: Reglamento de las Actividades Económicas para el Municipio de Durango.