No quiero creer, en cuanto a la prestación de servicios públicos, que se haya perdido toda racionalidad. Hubo años en que para ser suspendida la entrega de agua potable en casas-habitación, por falta de pago, la abastecedora cortaba los tubos evitando que llegara una sola gota a las familias afectadas. Es verdad que los usuarios no habían cubierto las prestaciones periódicas a que estaban obligados. Era por eso, elemental mi querido Watson, que el suministro del vital líquido dejaba de salir por las llaves caseras. Es obvio, igual que en cualquier contrato donde se fijan contraprestaciones a ambas partes, vendedor y comprador, el incumplimiento de uno traiga como consecuencia que el otro esté autorizado a obrar en defensa de sus intereses. Es lo normal cuando se trata de asuntos entre particulares. La Ley autoriza a rescindir el pacto o a exigir el cumplimiento de la obligación. Eso es lo común y corriente que sucede en las relaciones contractuales que realizan las personas.
Con el transcurso de los años la compasión tocó el corazón de los gobernantes. Era necesario rectificar la dureza con la que operaban las empresas que prestaban un servicio a la comunidad. Al fin se percataron de lo inhumano que era dejar a las familias fuera de la posibilidad de tener acceso a uno de los cuatro elementos de la naturaleza. Por eso se llegó a la conclusión de que era de la mayor importancia preservar el servicio en el mínimo necesario de entrega de agua a casas-habitación para los servicios más indispensables: el uso del retrete, la limpieza del cuerpo, la preparación de alimentos y sobretodo, el mitigar la sed de niños y personas mayores. Era ineludible legislar las medidas dirigidas a ese objetivo. El impedir la absoluta llegada del líquido, cualquier que sea la causa o circunstancia, no puedo dejar de pensar que es un crimen de lesa humanidad.
Este tema viene a colación por lo que está ocurriendo en la ciudad de Gómez Palacio, Durango, donde, sin decir agua no va, el Sistema Descentralizado de Agua Potable y Alcantarillado, Sideapa, procedió a segar tubos, mediante los cuales se recibía agua, en viviendas ahora habitadas. No tomó en cuenta, quien está encargado de esa empresa, que al ordenar la suspensión total ponía en peligro la salud de los habitantes de un populoso sector poblacional. No hay agua, obviamente no habrá higiene ya que no se puede dar salida a las aguas negras o sea a la que se maneja para la eliminación de materia que se produce al excretar el ser humano. A mayor razón si, como medida de presión para que el usuario pague, la empresa obstruye el albañal por donde se efectúa el drenaje de esas inmundicias escatológicas. Las familias afectadas parecen haber sido condenadas a ser presas de sed inextinguible, en un moderno tormento de Tántalo -hijo de Zeus- personaje mitológico arrojado por los dioses al Tártaro -el infierno- y a padecer emanaciones mefíticas que respiradas, a querer o no, pueden producir un daño en la salud. Peor si los olores son fétidos, como es el caso.
Hay una disposición legal, que están pisoteando estos señores, que establece que las personas que intervengan en el abastecimiento del líquido no podrán suprimir la dotación de servicios de agua potable a fincas habitadas. Así lo dispone el decreto expedido por el Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, de aplicación obligatoria en todo el territorio, que contiene la Ley General de Salud, que a su vez reglamenta el derecho de las personas a que sea protegida su salud, basada en lo dispuesto por el Artículo cuarto, párrafo tercero, de la Constitución Política. Hay aquí, por cualquier lado que se le vea, un nefando crimen, se conoce como abuso de poder, que no debería ser tolerado por las autoridades superiores, quienes deben integrar una averiguación penal, ordenando se reanude el servicio de inmediato, en beneficio de personas, por lo común de escasos recursos, de inmediato, aplicando todo el rigor de la Ley a quien o quienes hayan transgredido el precepto legal, en perjuicio de toda una comunidad. Se haría justicia.