Durango

Trabajan nosocomios de Durango bajo la ley

Asegura la Sub Secretaría de Prevención Contra Riesgos Sanitarios que las 77 clínicas y hospitales privados que prestan su servicio en la entidad cumplen con la normatividad establecida.

Alfonso García Villanueva, sub secretario de Prevención contra Riesgos Sanitarios reconoce que en algún tiempo estos nosocomios no cumplieron con los requermientos para su funcionamiento pero asevera, que la situación ha cambiado.

En la capital del Estado se contabilizan 42 clínicas y hospitales privadas a las que acuden los ciudadanos, en los demás municipios tienen el registro de 35.

Comenta que con las nuevas atribuciones de la Sub Secretaría están facultados para supervisar a los nosocomios del sector salud para población abierta y también particulares, pero buscan tener un campo de acción más amplio.

?Estuve en una reunión del sistema federal sanitario al que fueron todas las personas de regulación sanitaria del país y junto con la Cofepris. Allí propusimos que se hablara con los directivos en el ámbito federal del ISSSTE y el IMSS, una vez que haya una acuerdo en el ámbito central, ya nos van a permitir el acceso para verificar sus instalaciones internas?, dice.

Asevera que en sus supervisiones no han detectado que algunas áreas de los hospitales sean limpiadas con cloro, pues dicha sustancia puede resultar perjudicial para la salud del ser humano. ?Hay otros productos químicos los cuales son menos dañinos en caso de contacto o los vapores que desprenden. El cloro puede llegar hasta envenenamientos agudos si se inhalan los vapores?, manifiesta.

En el Hospital General sí se utiliza cloro para limpiar algunas zonas pero remarca que dichos espacios gozan de ventilación y no implica riesgo alguno.

Al cuestionarle que existen algunas infraestructuras de los hospitales privados que no son idóneas, puesto que son casas habitación adaptadas, expresó que hace cerca de cuatro años iniciaron acciones al respecto y ahora, el panorama es distinto ya que los supervisan de manera constante.

La Norma Oficial Mexicana (NOM) que deben cumplir es la 197. Dicho lineamiento instituye que los sanatorios deben contar con las facilidades arquitectónicas, de mobiliario, instrumental y equipo en cantidad suficiente, para efectuar las actividades médicas que proporcione el establecimiento, disponiendo de un área apropiada para espera, así como, de servicios sanitarios, los cuales de acuerdo a la organización arquitectónica y funcional del establecimiento pueden ser compartidos por las diferentes áreas.

Deben tener un responsable sanitario de acuerdo a la normatividad vigente, quien a su vez puede delegar funciones en personal capacitado, como administradores, jefes de servicios o en los comités intra hospitalarios.

El responsable sanitario, jefe de servicio o los comités intra hospitalarios, según sea el caso, son los encargados de verificar la existencia de manuales de operación y de buenas prácticas de los dispositivos médicos.

Los establecimientos que se construyan deben considerar las condiciones del terreno, acorde al medio ambiente físico y natural.

Y en localidades donde es reconocido el riesgo potencial de ciclones, sismos, inundaciones, desgajamientos y grietas, es necesario establecer las condiciones de seguridad en la construcción de nuevos establecimientos, contenidas en los ordenamientos legales correspondientes, cumpliendo con las indicaciones para unidades tipo D (de alta seguridad) y proteger con medidas especiales las áreas prioritarias, que deben seguir funcionando después de un desastre natural o provocado. Esto incluye el fijar los aparatos y equipos a la infraestructura de tal forma que esto no dañe dicha estructura.

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Algunos conceptos de los sanatorios

-Área blanca: zona restringida correspondiente a la sala de operaciones y al pasillo de acceso al personal de salud a ésta, en donde se encuentra el lavabo para cirujanos.

-Área de descontaminación: espacio destinado al aseo del paciente que ingresa a urgencias.

-Área de hidratación: espacio destinado a proporcionar cuidados en el proceso de administración de soluciones por vía oral al paciente pediátrico.

-Área de transferencia: espacio de transición que dispone de un elemento físico de separación, entre áreas con diferentes condiciones de asepsia que controla el paso de pacientes y de personal de salud en condiciones especiales.

-Área gris: zona semi restringida a la que ingresa el paciente a través de un área de transferencia a la camilla que lo transporta a la sala de operaciones, así como la zona de recuperación, que incluye las áreas de trabajo de anestesia y de enfermería.

-Área negra: zona no restringida, externa a la unidad quirúrgica.

FUENTE: NOM 197.

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