En vez que, en la orilla misma del conflicto pleno las partes se hubieran arreglado ayer martes, no sólo hoy serán tomadas las oficinas principales de la Secretaría de agricultura (Sagarpa), sino que en una nueva fase del empeorado litigio que desde enero enfrenta al Gobierno Federal con las agrupaciones de productores de caña, la de la CNC tomó ayer los 58 ingenios de todo el país. A la gravedad intrínseca del problema se añadieron ahora la inoportuna renuncia del secretario Javier Usabiaga quien ha dimitido en busca de prolongar su carrera política, la admisión de la acción de inconstitucionalidad contra una Ley que se pretendió vetar y el anuncio de demandas de amparo contra la misma.
Especialmente interesado en la industria azucarera (expropió 27 ingenios en septiembre de 2001, para continuar con la vieja práctica priista de sanear negocios privados con dinero público), el Gobierno de Fox se propuso trocar por el mercado libre el mecanismo de negociación entre cañeros y productores de azúcar, lo que suponía desplazar a las dos principales organizaciones cañeras, incluidas ambas en el PRI, una en el sector popular y la otra en el campesino. Para ese efecto, el presidente Fox derogó en enero los decretos que regulaban la relación de suministro de la caña.
En respuesta, los productores consiguieron que sus propios diputados sacaran avante una Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, aprobada el 21 de junio pasado. Puesto que la nueva legislación recuperaba y aun fortalecía la participación de las agrupaciones cañeras en las relaciones de suministro de materia prima a los ingenios, el presidente Fox anunció que vetaría la Ley.
Las organizaciones presionaron en sentido contrario y al cabo de movilizaciones que incluyeron impedir el acceso a las oficinas de Sagarpa en todo el país, se negoció una salida: la Ley sería publicada el 22 de agosto, pero a más tardar el 20 de septiembre se introducirían las modificaciones demandadas por el Ejecutivo. Ambas partes cumplieron lo convenido pero, aprovechando que el Senado no convalidaba aún las enmiendas realizadas por la Cámara (toda vez que fueron diputados los que pactaron las modificaciones), el Gobierno sorprendió a las agrupaciones cañeras con una acción de inconstitucionalidad que renovó el conflicto. Los propietarios de ingenios, a su vez, se dispusieron a pedir amparo contra esa Ley.
(La acción de inconstitucionalidad es un procedimiento de control constitucional que cumple diez años, que ha sido utilizada sobre todo por minorías legislativas que perdieron debates en sus asambleas, pero también, puesto que la Constitución lo faculta para ejercerla, por el procurador general de la República. El general procurador general hasta mayo pasado, Rafael Macedo de la Concha, ejerció varias veces esa atribución, la primera en agosto de 2002 en apoyo de los banqueros a los que una Ley municipal capitalina obligaba a hacerse cargo del gasto de seguridad de las oficinas bancarias).
Puesto que concluía el término de treinta días dentro del que se puede iniciar esa acción, a partir de la publicación de la Ley impugnada, la demanda respectiva fue presentada el 21 de septiembre, aunque la noticia pasó comprensiblemente inadvertida por el golpe causado al Gobierno Federal por la muerte súbita de su secretario de Seguridad Pública y ocho servidores públicos más.
Un aspecto medular de la nueva posición del Ejecutivo consiste en denunciar como contrarios a la libertad de asociación garantizada por el Artículo nueve constitucional los requisitos para formar y registrar organizaciones locales y nacionales de cañeros, establecidos por las agrupaciones ya existentes a fin de no pulverizar la representación (y de paso mantener la exclusividad o la preeminencia de las propias agrupaciones priistas). Para integrar una nueva organización local se requiere que agrupe a por lo menos el diez por ciento de los integrantes del padrón de abastecedores, que aporten también por lo menos el diez por ciento de la caña en la zona de abastecimiento correspondiente.
En el caso de las organizaciones nacionales esos porcentajes se abaten a la mitad, el cinco por ciento, pero se demanda tener presencia en por lo menos cuatro de los quince estados donde se realiza ese cultivo.
Aunque ya fue admitida la acción de inconstitucionalidad, se puede presumir que en ese aspecto no prosperará. Basta saber que para formar un sindicato o un partido político, por ejemplo, es preciso satisfacer requisitos que hacen practicable la libertad de asociación en vez de negarla. Diecinueve personas no pueden alegar que se violenta su derecho de agruparse, asegurado por el Artículo noveno constitucional, toda vez que el Artículo 364 de la Ley laboral fija en 20 el mínimo de trabajadores que pueden sindicalizarse.
Al secretario Usabiaga le convendría que el Gobierno se desista de la acción de inconstitucionalidad, para poner fin al conflicto en que ha sido un contumaz perdedor y de ese modo marcharse en pos de la gubernatura de Guanajuato. Anunció el domingo pasado que hoy registraría ante el comité estatal panista su precandidatura.
Presentó su renuncia, pero no le ha sido formalmente aceptada aunque, según dijo el propio secretario, el presidente Fox ya la admitió sobre la base de que Usabiaga le es más útil a su encumbrado paisano en Guanajuato que en la propia Sagarpa. Aunque el registro concluye el 18 de octubre, a Usabiaga le urge inscribirse para remontar sus desventajas.