A organizaciones reincidentes se les suspenderá definitivamente en la inscripción del registro
Las organizaciones sociales estarán más vigiladas por instancias municipales y en caso de incurrir en irregularidades graves como podría ser el apoyo a agrupaciones políticas en forma reincidente, pueden hasta suspenderse definitivamente en la inscripción del registro, según lo estima el Reglamento de Participación y Organización Ciudadana del Municipio de Durango.
La reciente normativa que fue aprobada apenas hace algunos días y que tardó un año en Comisión de Gobernación del Ayuntamiento en madurarse y ser aprobada, mantiene varias reglas de operación, en cuanto al desempeño de las organizaciones sociales, sin embargo, en cuanto a las faltas que puedan realizar las mismas, pueden ser acreedoras a distintas sanciones, que van desde el apercibimiento y hasta la suspensión definitiva en la inscripción del registro.
El Reglamento indica algunas prohibiciones a las organizaciones sociales que se indican como graves, como hacer actividades de autobeneficio o de beneficio mutuo. También estas agrupaciones no podrán repartir los apoyos de cualquier índole, ya sean económicos o materiales entre los directivos de los organismos.
Tampoco podrán manifestarse en forma proselitista en beneficio político de algún candidato a elección popular, ni a favor, ni en contra, pero tampoco de ningún partido. Asimismo no podrán hacer este tipo de acciones a favor de alguna religión. Todas estas se consideran graves.
Las organizaciones también serán objeto de fiscalización de los apoyos que se les entrega, para lo que se les obligará a otorgar una información periódica sobre el manejo financiero o de recursos materiales que hayan estado realizando por algún tiempo. La ocultación de datos, documentación, incluso la modificación de los mismos, será motivo de fuertes sanciones, en caso de que se presenten.
No solamente las organizaciones estarán obligadas a mantener informada a las autoridades municipales sobre su desempeño y sobre el manejo de los recursos, sino que también tendrán que conservar a disposición las mismas y al público en general este tipo de documentación, con lo que debe garantizarse las actividades de transparencia y acceso a la información.
Durante varias semanas, algunas organizaciones sociales estarán en posibilidades de incluirse en la inscripción del registro, para lo que tendrán que acudir a la Subdirección de Atención Ciudadana, en donde tendrán que cumplir con todos los requisitos que incluye el Reglamento.
Las sanciones
Que prevé el Reglamento
· Apercibimiento.- Se dará cuando la organización haya incurrido por primera vez en alguna conducta irregular que no sea grave, según el Reglamento de Participación y Organización Ciudadana. La organización tendrá que resarcir en un término de 15 días la anomalía.
· Multa.- Si no se cumple con el apercibimiento en el término estipulado y si las irregularidades son más graves, se multará a organismo con 300 días de salario mínimo general vigente en el estado.
· Suspensión.- Se le suspenderá por un año a la inscripción en el registro, cuando se trata de una organización reincidente y a la que se le haya multado.
· Cancelación definitiva de su inscripción en el Registro.- Cuando las infracciones son reiteradas y si fue previamente suspendida.
Nota: la gravedad de las infracciones son aquellas que se refieren las fracciones I, II, III, IV y V, del Reglamento y que tienen que ver con el no manejo transparente de los recursos financieros o materiales que se le hayan otorgado y el apoyo de grupos políticos o religiosos.
Fuente: Reglamento de Organizaciones y Participación Social del Municipio de Durango.