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‘Inconstitucional, dar cárcel a menores’

EL UNIVERSAL-AEE

MÉXICO, DF.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que los menores de 18 años que cometan un delito puedan ser sentenciados a penas similares a las de los adultos.

Esta decisión beneficiará a los menores que fueron sentenciados, que actualmente cumplen una pena o que enfrentan un juicio en las entidades del país en los que la edad penal es menor a 18 años.

Los ministros de la Primera Sala del alto tribunal se pronunciaron sobre este tema al analizar un amparo que solicitó un adolescente en el estado de Guanajuato, donde el Artículo 37 de su Código Penal establece como edad penal los 16 años.

Los integrantes de la sala encargada de resolver los asuntos penales consideraron que dicho Artículo es violatorio de una reforma constitucional que entró en vigor el 12 de marzo de 2006.

Por medio de dicho cambio se ordenó, en todo el país, tanto a nivel federal como estatal, la implementación de un sistema de justicia especial para menores de entre los 12 y los 18 años de edad, que hayan incurrido en una conducta calificada como delito.

Para poder contar con este sistema de justicia especial para adolescentes que cometan delitos, en la Constitución se fijó como plazo hasta el 12 de septiembre.

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