Los magistrados y consejeros electorales se deberán separar de su cargo tres años antes de buscar contender en una elección.
Agencias
MÉXICO, DF.- El Senado aprobó una reforma constitucional que acota a magistrados y consejeros electorales cuando aspiren a ser candidatos a diputados federales.
Indica que podrán ser postulados sólo si se separan del cargo tres años antes de la elección correspondiente.
La reforma a la fracción V del Artículo 55 constitucional, precisa que entran en tal regulación el consejero presidente y los integrantes del Consejo General del IFE; los consejeros de los consejos locales y distritales del IFE; y el personal directivo del instituto.
Además, la legislación acota a los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como al secretario de acuerdos.
El pleno del Senado aprobó esta reforma con 89 votos a favor y cero en contra, la cual fue remitida al Congreso Constituyente para su ratificación.
Para que se declare la validez de la reforma constitucional se requiere la aprobación de la mitad de los Congresos locales.
La intención de esta reforma, pendiente desde la pasada Legislatura, es evitar que, al dejar su cargo, los consejeros electorales sean ?adoptados? por los partidos políticos, como ya ha sucedido.
La enmienda añade que el titular de órganos autónomos, como la Comisión Nacional de Derechos Humanos, o de organismos descentralizados o desconcentrados de la Administración pública federal, no podrá ser postulado, a menos que se separe de sus funciones 90 días antes de los comicios.
El paquete de reforma incluye un cambio la fracción VI del Artículo 82, para establecer que el jefe de Gobierno del DF, para ser candidato presidencial, deberá separarse del cargo seis meses antes de la elección.
Analizan senadores despenalizar difamación
En otro tema, el Senado de la República estudia un dictamen que propone rechazar la despenalización de la difamación y la calumnia.
De concretarse lo anterior, se frenaría la reforma que ya fue aprobada por la Cámara de Diputados el pasado 18 de abril.
La Gaceta Parlamentaria del Senado publicó ayer para primera lectura el dictamen de las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, que proponen algunas reformas al Código Civil Federal en materia de daño moral.
Sin embargo, como parte de su estudio, las comisiones rechazaron la minuta que enviaron los diputados, por la cual se suprimirían los artículos 350 al 363 del Código Penal Federal.
?El objetivo del derecho penal es proteger a la sociedad, lo que implica proteger al individuo.
?Si una persona destruye el prestigio de otra, o proporciona mala reputación o sospechas infundadas sobre otra con una declaración pública, debe recibir una sanción proporcional al daño cometido?, afirmaron los senadores.
A juicio de las comisiones, despenalizar estas conductas facilitaría que sean cometidas, pues únicamente quedaría una sanción civil que las personas responsables podrían incumplir sin consecuencias.
Si el Senado aprueba este dictamen el expediente tendrá que regresar a la Cámara Baja para que discuta otra vez el tema, que sería revisado por diputados distintos de los que votaron la primera vez.
El código federal castiga con pena de hasta dos años de cárcel tanto la difamación como la calumnia.
Pretende Ley erradicar la violencia de género
El Senado de la República aprobó la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que crea el Sistema Nacional de Prevención, Protección, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y Niñas.
Según el dictamen, aprobado con 106 votos a favor y uno en contra, con ello se pretende proteger el derecho de las mujeres y las niñas a vivir una vida libre de violencia, para lo cual establece el Programa Integral de Asistencia, Protección y Erradicación de la Violencia contra la población femenina.
La nueva Ley tiene un capítulo para la asistencia y la atención a las víctimas, que incluye la obligación de las autoridades de prestar diversos tipos de asistencia a las mujeres víctimas de violencia familiar o de cualquier tipo.
También se establece el deber del Estado de garantizar la seguridad y la integridad de las víctimas mediante el otorgamiento de órdenes de protección y la intervención policial correspondiente, en los casos de violencia familiar o de violación.
Además, plantea la reparación del daño por ilícitos relacionados con la discriminación, la violencia familiar y sexual y el feminicidio e incorpora la indemnización del daño material y moral a la víctima. De igual manera, establece mecanismos en materia de educación, de salud, procuración y administración de justicia para que el Estado garantice a las mujeres el acceso a una vida libre de violencia y promueva la modificación de estereotipos en los ámbitos público y privado.
Además, precisa la coordinación entre la Federación, los estados y municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia.
Esa legislación había sido aprobada en lo general en la sesión del jueves pasado, pero su votación en lo particular se pospuso hasta este día debido que la fracción del PAN reservó para su discusión 19 artículos, aunque final ente el dictamen fue avalado sin cambio alguno.