Durango

Analizan Ley de Protección a los No Fumadores en el estado

Una iniciativa de Ley de Protección a los No Fumadores para el Estado de Durango que se analiza en el Congreso del Estado, obligaría a no fumar en lugares cerrados, como el transporte público y toda clase de establecimientos, en éstos últimos, donde se deberá indicar una zona para fumadores, sin embargo, habría fuertes sanciones económicas y hasta detenciones por la policía preventiva a quien se rehúsen a dejar de fumar en estos sitios.

Héctor Vela Valenzuela expuso que de acuerdo a las estadísticas de la Organización Mundial de la Salud (OMS), se dan por causa directa o indirecta unos tres millones de fallecimientos al año, donde la mayor parte se registra en los países en desarrollo, sin embargo, los fumadores pasivos, es decir, los que no fuman pero aspiran el humo de quienes sí lo hacen, forman buena parte de la estadística.

Por lo anterior, la iniciativa de Ley que establece Héctor Vela expresa un total de 33 artículos, que defienden los derechos de los no fumadores, que son buena parte de quienes aspiran los elementos contaminantes de quienes están sujetos a esta farmacodependencia.

Habría muchos lugares en donde se prohibiría fumar, como los edificios públicos, tanto de la administración estatal como la de los municipios, y lugares cerrados en general, como lo son tiendas de autoservicio, tiendas departamentales o de servicios donde se ofrezca atención directa al público, salvo en los lugares en donde existan sitios destinados a fumadores.

También serán sancionados los centros de entretenimiento y todo aquel que tenga acceso al público en general. Incluso en los baños públicos.

Dentro de la propuesta se estima necesario también prohibir el fumar en los vehículos del transporte público o de pasajeros que circulen en el territorio estatal. De lo anterior se exceptuaría a los bares y discotecas o lugares de entretenimiento para adultos.

Algunas cosas interesantes que se establecen en esta iniciativa, indican a su vez que los responsables de las áreas y edificios o sus encargados, serán quienes conminen a las personas que infrinjan esta ley, a dejar de hacerlo. En caso contrario y si éste se rehúsa, se pedirá apoyo a la policía preventiva, quien se hará cargo de su detención y disposición al juez administrativo, quien interpondrá las sanciones o multas correspondientes.

Fuertes sanciones

Para los fumadores compulsivos

· Arresto hasta por 12 horas

· Clausura temporal del establecimiento y/o cancelación de concesiones o permisos según sea el caso

· En caso de reincidencia se aplicará el doble del monto de la última sanción impuesta

· Las personas que fumen en lugares prohibidos se les sancionará con diez días de salario mínimo diario general vigente en el Estado

· La multa puede ser entre treinta y hasta 100 veces días el salario mínimo diario general vigente en el Estado, cuando se trate de propietarios poseedores o responsables de los locales cerrados y establecimientos que no cumplan con disposiciones de la ley

· Sanción con 20 días multa de salario mínimo diario general vigente en el Estado, al titular de la concesión o permiso cuando se trate de medios de transporte, cuando no haya señalizaciones al interior de sus vehículos o cuando permitan la realización de conductas prohibidas

Fuente: Iniciativa de Ley de Protección a los No Fumadores para el Estado de Durango

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